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En caso de que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) encuentre elementos que comprueben prácticas monopólicas en el mercado de Afores, se podría inhabilitar a los directivos hasta por cinco años y darles penas hasta por 10 años de prisión.

Además se impondrían multas de 200 mil veces el salario mínimo a quienes participaron o sanciones económicas por hasta el 10% de los ingresos económicos del agente económico responsable.

De encontrarse responsables que coadyuvaran en el ilícito, entones se le impondrían hasta 180 mil veces el salario mínimo por persona, si participaron, propiciaron o indujeron la comisión de dichas prácticas.

Esto significa que la autoridad buscará la existencia de contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores que pretendieron fijar o manipular los precios de los servicios de las Afores; o que restringieron o limitaron de manera deliberada la oferta; o que de alguna manera entre las empresas de Afores se hayan designado segmentos del mercado.

Pudiera también considerar como una práctica anticompetitiva el que las instituciones de Afores hayan intercambiado información con el objetivo de ganar más participación en el mercado, asignarse porciones o coordinarse para presentar cierta postura en una licitación.

El órgano regulatorio tendrá de 30 a 480 días hábiles para determinar si hubo o no conductas que se pudieran acreditar como posibles acciones que van en contra de la competencia en la prestación de servicios de Administración de Fondos para el Retiro de los trabajadores en el país, de acuerdo a lo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

Esta investigación se desarrollará con las nuevas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica que entró en vigor el 7 de julio del 2015.

En el aviso mediante el cual se informa del inicio de esta investigación de oficio se explicó que hasta el momento no se ha determinado en definitiva a los sujetos que pudieran ser probables responsables de la infracción, sino que apenas se inicia el procedimiento indagatorio de carácter administrativo.

“El presente procedimiento no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno”, ya que deberán existir elementos suficientes para sustentar la actualización de contravenciones, informó el titular de la autoridad investigadora, Carlos Mena Labarthe, en el documento.

tcm

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