Por: Luis Fernando Escamilla Méndez

La actuación de los organismos encargados de procurar y administrar justicia penal es clave para disminuir los niveles de impunidad en todo el país. Es necesario que tribunales, fiscalías, defensorías y demás instituciones innoven sus procesos de actuación para afrontar esta problemática cambiante y lastimosa.

En general, la impunidad se entiende como la falta de castigo o sanción por la comisión de un delito. Sin embargo, la prisión no es el objeto final del sistema penal moderno, ya que también busca resolver conflictos y privilegiar la reparación del daño y la reestructuración del tejido social1.

Durante 2019, México obtuvo un 92.4% en el Índice de Impunidad Penal, por tanto, la mayoría de los asuntos denunciados no tienen respuesta. En Chihuahua esta cifra es de 97.3% colocándola en el 5º lugar a nivel nacional2.

El Observatorio Ciudadano de FICOSEC estimó el porcentaje de impunidad en algunos delitos del fuero común ocurridos en la ciudad de Chihuahua de 2015 a 2019: robo de vehículo sin violencia, 96.9%; homicidio doloso, 95.5%; robo de vehículo con violencia, 90.2%; violencia familiar, 83.8%; privación ilegal de la libertad, 80%; robo a casa habitación sin y con violencia, 78.7% y 75.45% respectivamente; robo a negocio 65.4%; fraude, 61.9%; y el robo a negocio sin violencia 61.3%3.

Con lo anterior se puede evidenciar una falta de capacidad del Estado en investigación y resolución de asuntos penales, lo que genera una problemática sistémica que sólo puede ser afrontada con la sinergia entre diversos sectores.

Al respecto, se aprecia que la impunidad es un fenómeno multicausal, que puede ser enfrentado con el fortalecimiento de todos los actores del sistema penal en Chihuahua a través de lo siguiente:

1. Mejorar la coordinación entre la Fiscalía y la policía para que esta última también reciba denuncias.

2. Optimizar la gestión de asuntos y tomar como referencia otras prácticas como el “Modelo de Atención Diferenciado de la Demanda” y “Modelo de Atención Temprana”4.

3. Ejecutar metodologías que ayuden a mejorar la eficiencia en el sistema de justicia penal5.

4. Aplicar políticas criminales y planes de persecución del delito; establecer una estrategia para la priorización de los delitos y con ello focalizar los recursos de forma efectiva6.

5. Implementar mecanismos de gestión automatizada que favorezcan la comunicación entre las distintas instituciones que intervienen en el proceso: desde la Policía, el Ministerio Público, defensa pública y juzgador o juzgadora, como los casos de Chile y Querétaro7.

6. Implementar mecanismos de asignación de casos para asegurar la aleatoriedad o equidad en la distribución de cargas de trabajo entre las diferentes unidades jurisdiccionales8.

Estas buenas prácticas de gestión puedenabonar a la mejora del sistema penal acusatorio y la disminución de la impunidad. Sin embargo, se requieren amplios esfuerzos institucionales que fortalezcan también las capacidades de investigación y litigio de las fiscalías para la resolución de casos, las cuales cuentan con autonomía para afrontar sus problemáticas.

Si bien no existe una receta mágica para afrontar la impunidad, es imprescindible plantear y efectuar medidas de innovación que aprovechen la experiencia nacional e internacional para aterrizarlas a las necesidades locales.

Colaborador del Observatorio Ciudadano de FICOSEC, Chihuahua.
@ficosec

Bibliografía

CIDAC. (2017). Lineamientos para un modelo homologado de investigación criminal. Ciudad de México.Obtenido de https://www.macfound.org/media/office_article_pdfs/Lineamientos_CIDAC.pdf

México Evalúa. (2019). Hallazgos 2018, Seguimiento y Evaluación del Sistema de Justicia Penal en México. Ciudad de México.

México Evalúa. (2020). Hallazgos 2019, Seguimiento y Evaluación del Sistema de Justicia Penal en México. Ciudad de México. Obtenido de https://www.mexicoevalua.org/mexicoevalua/wp-content/uploads/2020/10/hallazgos2019-27oct.pdf

México Evalúa. (s.f.). Guía de buenas prácticas en el uso de nuevas tecnologías para la impartición de justicia. Ciudad de México.

Pérez Espino, M. A. (2014). Manual de Coordinación y Comunicación entre el Ministerio Público y Policía. Ciudad de México: USAID.

Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. (2017). Modelo homologado de órganos especializados en mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal y unidades de atención temprana. Ciudad de México.

1 México Evalúa, 2020

2 México Evalúa, 2020

3 Para el cálculo de impunidad se procesó información proporcionada por la Fiscalía General del Estado de Chihuahua en la que se tomó en cuenta la totalidad de carpetas de investigación, de 2015 a 2019, y si estas fueron resueltas o no. Por el momento, el Observatorio no cuenta con datos a nivel estatal.

4 México Evalúa, 2019

5 México Evalúa, 2019. como fue el caso del “Reto de los 100 días” implementado por Projusticia, USAID en Chihuahua capital, Ciudad Juárez, entre otras localidades del estado.

6 CIDAC, 2017

7 México Evalúa s.f.

8 México Evalúa, 2019

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