El 13 de octubre de 2021 una familia afgana llegó al aeropuerto de la Ciudad de México poco después de las 8 de la mañana. Al pasar al segundo filtro de migración, los agentes comenzaron a cuestionarles las razones por las que habían venido, la familia señaló que tenían temor de regresar a su país, que estaban sufriendo persecución del gobierno Talibán. Los agentes de Migración hicieron caso omiso. La familia repitió que necesitaban protección internacional y que afuera estaban unos amigos esperándoles. Mostraron todas las pruebas y dieron datos. No hubo respuesta por parte de Migración.

Separaron a la familia y la llevaron a cuartos de revisión secundaria —“una cárcel” de acuerdo con uno de los integrantes de la familia— que existe en el aeropuerto. Incomunicados por más de 25 horas, les informaron que el 14 de octubre iban a ser deportados a Turquía. Su vuelo saldría a las 9:55 de la mañana. Afuera, Migración se comunicaba a través de WhatsApp con sus amigos para pedirles información y posteriormente los bloquearon. Adentro, Migración le diría a la familia que serían deportados porque nadie los estaba esperando, nadie había ido por ellos.

La familia logró comunicarse con sus amigos y avisarles que serían deportados en unas horas. Inmediatamente comenzaron a buscar ayuda. El Instituto para las Mujeres en la Migración, AC (IMUMI) fue esa posibilidad. Comenzaron las gestiones —llamadas, mensajes, correos, amparos, quejas, difusión— no era posible que se estuviera por deportar a una familia que era claro tenía necesidades de protección, no era posible que las autoridades migratorias violaran la legislación nacional e internacional en materia de asilo tan descaradamente.

El vuelo 181 de Turkish Airlines que se designó para deportar a la familia realizaría una escala en Cancún antes de salir para Estambul. Ahí también la familia insistió en sus necesidades de protección. Nadie les escuchó y el vuelo salió. Al llegar al aeropuerto de Estambul tampoco tuvieron respuestas. En México las gestiones seguían y el caso cada vez era más público y la condena al actuar de las autoridades iba creciendo, sobre todo cuando semanas antes el canciller mexicano presumía la solidaridad del gobierno mexicano para recibir a familias de Afganistán con necesidades de protección y a un grupo de mujeres estudiantes.

Habían pasado 10 horas desde su llegada al aeropuerto de Turquía, y la amenaza de deportarles a Afganistán estaba pendiendo de un hilo fino. En México por fin se tuvo una respuesta por parte de Relaciones Exteriores y se comenzaron las gestiones para su regreso. El domingo 17 de octubre por la mañana, la familia volvió a México, ahora no hubo trabas por parte de Migración, pues personal de la cancillería mexicana les estaba esperando. Afuera los amigos estaban esperándoles como desde el miércoles 13 de octubre.

De acuerdo con la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político en su artículo 6 “Ningún solicitante o refugiado podrá en modo alguno ser rechazado… o devuelto… al territorio de otro país donde su vida peligre…”, no obstante, el Instituto Nacional de Migración (INM) les deportó poniendo en peligro su vida. ¿Qué entenderán las autoridades migratorias del aeropuerto por necesidades de protección internacional? En este caso había muchas pistas de esa necesidad: familia, mujer embarazada, nacionalidad afgana, además de que externaron su intención de solicitar protección en el país.

Para no variar, Migración argumentó “inconsistencias en su declaración”, se les olvidó que, por un lado, las personas que han experimentado situaciones de estrés o trauma difícilmente van a ser consistentes en sus relatos debido al estrés postraumático; y por otro, el INM no es la autoridad para determinar necesidades de protección internacional. Migración debe identificar a las personas con necesidades de protección e informar a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), instancia encargada de realizar todo el proceso de asilo en México. La información y entrevistas deben ser en un idioma que las personas comprendan, en este caso el INM carecía de ese elemento.

Desafortunadamente este no es un caso aislado. Desde hace varios años las organizaciones de la sociedad civil hemos documentado y denunciado esta práctica del INM en los aeropuertos. Casi siempre es el mismo modo de operar: decidir que los documentos son falsos o inconsistencias en las declaraciones, detenerlos, incomunicarlos y ponerlos en un vuelo de regreso a su país. La mayoría del tiempo es difícil saber de los casos ante la incomunicación de la que son objeto las personas, a menos que por alguna razón se comuniquen con alguien en el exterior y se logre hacer público el caso. Es complejo saber si en este momento otras familias están pasando por lo mismo en algún aeropuerto de este país.

Cuatro días de incertidumbre, temor, agotamiento físico y emocional, más en un estado de gravidez, se pudieron evitar si las autoridades migratorias hubieran seguido los protocolos, respetado la ley, permitido que las personas cuenten con información clara y llamadas telefónicas. Además de evidenciar la necesidad de que la COMAR tenga presencia en los aeropuertos del país. Esta no era cualquier situación, era una de vida o muerte para una familia que espera un bebé y busca un lugar seguro. Esperamos que no se convierta en una historia de referencia para futuras violaciones de derechos por parte del INM, sino una historia parteaguas para que nunca más ninguna familia o persona pase por una situación similar.

Coordinadora de Comunicación, Instituto para las Mujeres en la Migración, AC 

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