No es casualidad que desde hace varios días se estén presentando continuos ataques contra la Suprema Corte por parte de diversos actores políticos de gran relevancia. Desde las conferencias matutinas de la Presidencia de la República se ha hablado, con total desmesura, de que los integrantes de la Corte forman parte de una mafia. Utilizando medios públicos (radios, televisiones, redes sociales) se difunden lo que se califica como “privilegios” de nuestros jueces constitucionales. Se trata de un ataque como nunca se había visto en la historia reciente del país.

En el fondo de la disputa, más allá de la floritura verbal que caracteriza a este gobierno y de las limitaciones expresivas de varios de sus representantes, late el clásico conflicto entre constitucionalismo y democracia. Es decir, la tensión entre los representantes populares y los guardianes de la Constitución.

Lo que olvidan algunos de los opinadores que cobran del gobierno es que los jueces constitucionales tienen la tarea de vigilar la observancia de los principios constitucionales y, al hacerlo, dotan de sentido práctico a nuestra Carta Magna y la hacen efectiva en nuestra realidad social.

No les gustó que la Suprema Corte hubiese anulado la primera del llamado “Plan B” de reforma electoral. Sin embargo, la decisión se tomó con el voto favorable de 9 de los 11 integrantes del Tribunal Pleno, quienes le dieron la razón al sólido proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán con el apoyo de una de las secretarias de estudio y cuenta más brillantes que trabajan en la Corte, como lo es Guadalupe Varela.

Lo que hizo el ministro Pérez Dayán en su proyecto fue recoger los precedentes del propio tribunal constitucional para decir que si en un proceso legislativo no se permitía una deliberación efectiva y una participación cabal de las minorías parlamentarias, se estaba violando la Constitución y la norma resultante debía ser anulada. Existían muy conocidos precedentes al respecto, por lo cual los legisladores no podían decir que no sabían lo que estaban haciendo. Las reglas del juego estaban muy claras y decidieron violarlas. La Suprema Corte solamente actuó en consecuencia.

Los “argumentos” de la mayoría parlamentaria no reparan en un hecho evidente, que está identificado con claridad en la sentencia de Pérez Dayán: el texto de la reforma ni siquiera pudo ser conocido con anticipación y leído por los legisladores. La votación fue una simulación, pues solamente cabe calificarse así lo que se vota en una sede parlamentaria sin conocer su contenido. Levantaron el dedo por consigna, siguiendo las órdenes de sus jefes políticos, pero violando la Constitución y faltándole al respeto a las más elementales reglas democráticas. Para decirlo claro: hicieron un trabajo vergonzoso y chapucero.

A partir de ese desencuentro, algunos políticos que tienen un largo colmillo empezaron a distorsionar el debate para llevarlo al terreno de los sueldos de los ministros y quisieron disfrazar el dislate legislativo proponiendo la ocurrencia de que los integrantes de la Suprema Corte sean electos por voto popular.

Hay quien incluso dice que tenemos que copiar el modelo que tienen en Bolivia para su “Tribunal Constitucional Plurinacional”, que en el mundo académico suele ser citado como ejemplo de una de las peores cortes constitucionales a nivel mundial. Si vamos a seguir ejemplos de otros países, lo cual desde luego es válido, miremos a los mejores. ¿Se eligen por voto popular los integrantes de la Suprema Corte de los Estados Unidos, los del Tribunal Constitucional Federal de Alemania, los de la Corte Constitucional de Italia, los de la Corte Constitucional de Colombia o la de Sudáfrica? No, ninguna jurisdicción constitucional que ha sido ejemplar a lo largo de la historia ha sido producto en su integración del voto popular. No nos equivoquemos a la hora de elegir qué modelos constitucionales queremos emular.

Lo que se debería hacer desde las sedes parlamentarias es tener una actitud de análisis, estudio, comprensión y respeto del texto constitucional que está vigente. Empiecen por ahí, señoras y señores legisladores: lean la Constitución mexicana con calma, intenten comprenderla (sé que les va a costar, pero hagan por favor el esfuerzo, por el bien de Ustedes mismos) y tengan la dignidad de respetarla. Por cierto, si miran el artículo 49 constitucional encontrarán el principio de división de poderes. Ese concepto deben estudiarlo con especial ahínco, porque parece que no lo han entendido ni en su más elemental alcance.

Abogado constitucionalista. @MiguelCarbonell