El viernes pasado el INE volvió a incurrir en la indebida intrusión en áreas que solo corresponden a los legisladores al acordar acciones afirmativas que, como reveló el Consejero Espadas, son resultado de las presiones de activistas que cabildean en el Instituto a favor de sus intereses dando lugar a esta práctica irregular que no por repetirse se vuelve constitucional. El INE carece de facultades para crear figuras ajenas a la Constitución y a la ley. El Art. 41 constitucional establece que la ley determinará las formas específicas de la intervención de los partidos en el proceso electoral, la más importante de las cuales es la facultad de registrar candidatos. Además dispone: “Las autoridades electorales solamente podrán intervenir en los asuntos internos de los partidos políticos en los términos que señale esta Constitución y la ley” y respecto de las candidaturas es determinante: “La ley establecerá los requisitos y las formas de realización de los procesos de selección y postulación de candidatos a cargos de elección popular.” Desobedeciendo estas normas el INE vulnera el principio básico del constitucionalismo consistente en que las autoridades solo pueden hacer aquello para lo que están expresamente facultadas y todo lo demás les queda prohibido.

Al participar del activismo de los cabilderos el INE genera incertidumbres contrarias al principio de certeza al que está obligado, pues introduce criterios caprichosos, poco confiables y hasta discriminatorios. En todo caso, ahora que podrán ser candidatos los jóvenes a partir de los 18 años ¿por qué no favorecerlos con una preasignacion de candidaturas? Los adultos mayores merecerían también una cuota, pero parece que no han cabildeado lo suficiente. De cualquier modo, sería el Congreso donde los cabilderos podrían hacer valer sus demandas para introducirlas en la Constitución y no en normas inventadas por los Consejeros Electorales. Estos mismos se percatan de la inconsistencia de sus criterios. Tal fue el caso del establecimiento de distritos específicos para la postulación de candidatos indígenas que dio por resultado el favorecimiento de unos grupos y la discriminación de otros, lo que ahora tratan de corregir con métodos que algunos consideran igualmente inequitativos.

El reservar lugares para los pobres es el último grito de la irracionalidad. Esta medida consagra una idea de clasismo que implica una clasificación similar a la estratificación basada en castas y genera problemas adicionales pues es complicado comprobar la condición de pobreza ya que existen múltiples factores para incluir a las personas en ese grupo. El atender solo a la verificación de un ingreso formal discrimina a todos los se desenvuelven en la informalidad económica. Para ser justos habría que dividir las candidaturas según el tipo de factor que entra en juego y guardar un lugar para quienes carecen de servicios de salud y otro para algún analfabeta. Esta reducción al absurdo busca visibilizar la obsesiva creación de acciones afirmativas derivadas de que el INE se arroga funciones que no le corresponden. Los legisladores deben decidir cuándo y cómo poner en práctica tal tipo de acciones que se justifiquen y no surjan del propósito de hacerse notar mediante innovaciones violatorias de la Constitución.

Magistrado en retiro y Constitucionalista

@DEduardoAndrade

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