En nuestro país existen numerosos sistemas de pensiones que cohabitan. Tan sólo los sistemas estatales suman más de treinta. Si agregamos los que administran al sector energético, a las fuerzas armadas y todos los sistemas privados, tendremos más de cien. Con todo, el principal sistema de ahorro para el retiro es el basado en la Afores. El ISSSTE le sigue en importancia. El objeto de estos sistemas es que, al llegar el momento del retiro, el jubilado reciba una pensión decorosa que le permita mantener un nivel de vida similar al que tenía durante su vida laboral. El viejo sistema del IMSS, que se modificó para dar lugar a la industria de las Afores, enfrentó severos problemas porque el instituto no acumuló suficientes reservas para el pago de pensiones. Pero el nuevo sistema tampoco resolvió el problema, lo que es más, dio ventaja al sector financiero al permitir que cobrara comisiones de autentico escandalo a los trabajadores. La propuesta de reforma que se encuentra en la cámara de diputados busca resolver parte del problema y darle viabilidad, pero aún parece insuficiente. No es la reforma que necesitamos. Se requiere más que eso.

1.- La reforma propuesta por el ejecutivo, y según diversos medios, consensuada con el sector privado, reconoce parte del problema. Pero existen varios puntos que deben analizarse, entre ellos:

La esperanza de vida, a los 65 años de edad, se ha incrementado continuamente desde 1990. Dado el riesgo de que la inercia se mantenga, es necesario establecer en la Ley la obligación de organismos como la CONSAR, SHCP o ambos, el realizar los estudios actuariales cada cinco años que determinen la pertinencia de conservar las mismas condiciones de ahorro y edad de retiro o bien modificarlos.

2.- En los antecedentes se reconoce que la baja densidad de cotización y el menudo nivel de ahorro son causales del incumplimiento de los objetivos del modelo de pensiones basado en las Afores. Sin embargo, no se menciona el escandaloso nivel de comisiones cobrado, sobre todo al inicio del sistema, no se reconoce la portabilidad ni la posibilidad de tener una mayor diversificación de los fondos de inversión de la riqueza de los trabajadores.

3.- Se menciona que sólo el 22% de los pensionados tendrá una pensión autofinanciada. Ello implica que dicho porcentaje tendrá una pensión superior a la pensión mínima garantizada, pero no se dice nada de la tasa de reemplazo. El cálculo de ésta indicaría que la Reforma al Sistema de Pensiones que entró en vigor en julio de 1997 ha sido un rotundo fracaso para los trabajadores, pero un gran negocio para las Afores.

4.- En la iniciativa, se hace alusión a que los rendimientos representan poco más de la mitad del saldo del sistema. Pero no se dice nada de las comisiones cobradas y, por lo tanto, de las ganancias de las Afores. Esta omisión podría dar lugar a justificar la regulación de las comisiones. No olvidar que las Afores tienen un mercado cautivo: los trabajadores no se llevarán sus recursos sino hasta el momento del retiro. ¿Por qué cobrarles más a ellos que a los inversionistas del mercado?

5.- La comisión actual es sobre el valor de activos (o saldo de la cuenta del trabajador). Al inicio del sistema existían tres posibles formas de cobro: sobre saldo, sobre comisión y sobre flujo. La mayoría cobraba sobre flujo. Nuevamente, era una ventaja sustancial para las Afores. La comisión sobre saldo es mayor cuanto mayor la riqueza acumulada. La comisión sobre rendimiento obliga a las Afores a buscar que éste sea el más alto posible.

PROPUESTA: que la comisión sea sobre el rendimiento y no sobre el saldo. La comisión debería ser el promedio de lo que marque el mercado doméstico, no el internacional. Así, si los administradores de fondo cobran 10% sobre las ganancias financieras de las carteras de inversión en el año 2020, la comisión máxima posible permitida para las afores en 2021 será dicho promedio.

Los inversionistas de mercado pueden entrar y salir de éste. Pueden retirar su dinero en el momento que quieran, los trabajadores no. El riesgo de las entidades financieras es mayor con los inversionistas de mercado, con los fondos de ahorro para el retiro el riesgo es menor o nulo, por lo tanto, la comisión cobrada debería ser menor que la del mercado.

6.- La iniciativa no menciona el tema de la portabilidad de los diversos sistemas que existen en el país. CFE, por poner un ejemplo, permite que los trabajadores que han laborado más de cinco años, se pueda llevar sus fondos de ahorro para el retiro, si de da el caso de una separación de la empresa. Si no se cumplen los cinco años, sólo se lleva lo que él ahorro; las aportaciones de la empresa permanecen en la entidad. La portabilidad permitiría que los trabajadores no pierdan sus fondos independientemente del lugar en que coticen y/o ahorren.

7.- La reducción en el número de semanas como requisito para recibir una pensión tendrá un impacto en las finanzas públicas. Esto no está calculado. Se deben realizar los cálculos respectivos para tener una cifra aproximada del impacto fiscal, de lo contrario es un déficit anticipado para administraciones futuras.

8.- En la iniciativa no se dice nada sobre el régimen de inversión. En 2020 tenemos una bolsa de valores adicional (BIVA), por lo tanto, se debe permitir que los fondos de ahorro para el retiro se inviertan en más instrumentos que permitan tener un mayor rendimiento.

Los elementos mencionados son mínimos e incompletos. No mencionan el problema de la equidad de género ni el nulo acceso del sector informal al sistema de pensiones. Pero pueden servir como punto de partida para un análisis más profundo sobre el sistema de pensiones que necesitamos.

Docente de la maestría en Economía, FES-Aragón, UNAM.

Google News

TEMAS RELACIONADOS