Hay mucho que encomiar en la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que invalidó la llamada “Ley Bonilla”, tanto en la forma como en el fondo. Los ministros pusieron punto final a la intentona del actual gobernador de Baja California, Jaime Bonilla, de extender su encargo por tres años más. Declararon violatoria de la Constitución federal la reforma a la constitución local que modificó el periodo de la gubernatura que se eligió en 2019. En vez de durar dos años —como estaba previsto desde 2014— una vez pasada las elecciones, el congreso local decidió hacer a Bonilla gobernador por cinco años.

La SCJN hizo valer el principio constitucional de irretroactividad de la ley, que impide a los legisladores proyectar su autoridad hacia el pasado y modificar situaciones jurídicas ya consolidadas. En materia electoral, la Constitución federal establece en el Artículo 105 un periodo de “veda legislativa” que inicia noventa días antes del proceso electoral. Tiene como propósito fijar con antelación suficiente las reglas de la contienda electoral y proteger así el derecho al voto.

La aprobación de la Ley Bonilla constituye un caso extremo de transgresión al principio constitucional de irretroactividad. No sólo violó la veda legislativa en materia electoral, además se promulgó después de concluido el proceso electoral local, una vez que Jaime Bonilla era gobernador electo del estado. Atentó también contra el principio constitucional de no reelección que impide a quienes ocupan el cargo permanecer en él por un periodo más largo de aquel por el que fueron electos. Finalmente, la Ley Bonilla coartó el derecho de la ciudadanía bajacaliforniana a contender por la gubernatura del estado y decidir mediante su voto quién ocupará este cargo entre 2021 y 2024.

Jaime Bonilla jugó a dividir a la SCJN. Su Secretario de Gobierno, Amador Rodríguez Lozano, dijo en un video ampliamente circulado en redes sociales que sólo necesitaban el voto de cuatro de los once ministros para impedir que se declarara la inconstitucionalidad del bonillazo. Apostaron a paralizar a la SCJN para impedir que ejerciera su autoridad como máximo órgano de control de constitucionalidad.

Al parecer, el mensaje de Rodríguez Lozano tuvo el efecto contrario. Logró unir a los integrantes de la SCJN en torno al proyecto del ministro José Fernando Franco, que proponía declarar la inconstitucionalidad de la Ley Bonilla. La unanimidad en la votación y la contundencia de las intervenciones indica que los ministros salieron no sólo a resolver un caso más, sino a defender su autoridad constitucional y así despejar cualquier duda sobre su independencia.

Menos visible, pero igual de importante fue el papel del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Sin sus actuaciones, Jaime Bonilla se habría salido con la suya y el asunto nunca hubiera llegado a la SCJN. La invalidez constitucional de la Ley Bonilla fue el desenlace una historia de ambición, abuso de poder y corrupción que inició tiempo atrás. Antes de doblegar la voluntad de los legisladores del congreso local, Bonilla consiguió la complicidad de los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Baja California (TEBC).

Primero, impugnó de forma indirecta —por interpósita persona— la convocatoria a la elección, para pedir que en vez de dos años la gubernatura durara cinco. En un fallo inexplicable el TEBC, en vez de aplicar la constitución local, decidió reescribirla y modificó la convocatoria para complacer a Bonilla. El TEPJF revocó su sentencia y dejó sin efectos todos los actos realizados en acatamiento.

Luego Bonilla directamente impugnó su propio registro como candidato, buscando la extensión del mandato de la gubernatura por la que estaba contendiendo. En otro fallo inexplicable, el TEBC decidió inaplicar al artículo transitorio de la constitución local y, ya en plenas campañas electorales, determinó que la gubernatura en contienda duraría seis años. Otra vez el TEPJF intervino y, en revisión, revocó la extraña sentencia del tribunal local.

La última actuación del TEPJF en esta historia fue la opinión emitida a solicitud del ministro Franco, como ponente de la acción de inconstitucionalidad. El documento desarrolla con claridad las diversas violaciones constitucionales en materia electoral y se pronuncia con contundencia por la invalidación de la Ley Bonilla. Sus argumentos se recogen en el proyecto y la sentencia aprobada por la SCJN.

La historia del bonillazo debe servir como advertencia del riesgo de colusión de las autoridades en contra del Estado de derecho y el interés público. Pero también deja una valiosa lección sobre la importancia que tienen los mecanismos de frenos y contrapesos. El arreglo de instituciones independientes que se vigilan entre sí, no la concentración del poder, es el mejor antídoto contra la corrupción.


Profesor del CIDE

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