Acuso también por complicidad al presidente de la SCJN por supeditar la justicia y la Constitución a las meras consignas políticas ordenadas por los intereses del momento… Andrés Manuel López Obrador, discurso contra el desafuero [7 de abril, 2005]

La sesión del 1° de octubre de 2020 del pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) pasará a la historia como el momento en que el tribunal constitucional —que dificultosamente había alcanzado un cierto grado de respetabilidad— se doblegó ante el presidente de la República.

Lo perturbador no es el sinsentido de aprobar un plebiscito para preguntarle al pueblo si quiere que se aplique lo que ya establecen la Constitución y las leyes, ni siquiera el costo de ese ejercicio inútil (que se calcula en 8 mil millones de pesos), sino lo que está detrás. Con esa sentencia, el presidente avanza hacia el sometimiento de una institución creada como contrapeso de los otros poderes, y ese sí es un cambio mayor.

El Artículo 40 de la Constitución define la naturaleza del régimen: “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal…” Pero lo que se cocina es una República plebiscitaria en la que se someta a ejercicios de democracia simulada los temas que decida el señor presidente.

Antes de que sesionara el pleno, y sin necesidad de enviarles “halcones” ni “palomas mensajeras”, el titular del Ejecutivo intimidó a la Suprema Corte: llamó a los ministros a “escuchar los sentimientos del pueblo” y les advirtió que, de fallar en contra de su proyecto, enmendaría la Constitución. Y la mayoría se dobló.

Después de ese fallo aberrante, la ingeniosa salida fue la construcción de una pregunta que, faltando a la ley, no reformula sino modifica esencialmente la que propuso el presidente. Lo que quedó fue un texto confuso, equívoco y manipulable: “¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminada a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”

Las preguntas son inevitables: 1) ¿Cuáles son las “acciones pertinentes”?; 2) ¿qué implica el “proceso de esclarecimiento”?; 3) ¿quién determina las “decisiones políticas” que ameritan “esclarecimiento”?; 4) ¿hasta dónde llegan “los años pasados?, y 5) ¿quiénes son los “actores políticos”?

Quedan para la historia los posicionamientos de los ministros Luis María Aguilar, Javier Laynez y de la ministra Norma Lucía Piña, quienes resistiendo las presiones del poder recordaron que no existe en nuestras leyes obstáculo alguno para llevar ante la justicia penal a los expresidentes que hubieren cometido algún delito.

Al final, lo que quedó fue una mascarada que, con el pretexto de abrir cauces a la expresión del pueblo, cedió ante el capricho del presidente y, con ello, le permitió avanzar hacia el país de un solo hombre.

Presidente GCI. @alfonsozarate

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