Ante el rechazo de la mayoría del pleno, Luis María Aguilar Morales, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), decidió retirar su proyecto sobre la prisión preventiva oficiosa y elaborará una propuesta que recoja las coincidencias y matice los disensos expresados en el debate del tema, a fin de “expulsar los efectos dañinos” de esta medida cautelar en las vidas de las personas.

“En aras de construir una decisión que proteja los derechos de todas las personas, retiro el proyecto para reconstruir la propuesta y, con ello, tratar de unir los puntos de conexión, así como matizar los disensos que nos separan, a fin de proponerles una nueva metodología que nos permita expulsar los efectos dañinos de la prisión preventiva”.

En la última sesión de discusión, Aguilar Morales refutó los argumentos en contra de su propuesta manifestados por siete ministros, al señalar que no planteó la invalidez del artículo 19 constitucional “ni por asomo”.

“También he escuchado diversos comentarios en torno a que esta propuesta permitiría que las personas que actualmente están en prisión preventiva oficiosa tendrían la libertad en automático y se convertirían en un peligro para la sociedad. Respetuosamente, esta idea es equivocada y no es consecuente con la propuesta”, reviró.

Precisó que planteó la limitación de la prisión preventiva automática para proteger los derechos de las personas, sobre todo de los más pobres.

“Bajo ninguna consideración la interpretación constitucional que propuse significaría la desaparición de la prisión preventiva ni la liberación inmediata de las personas que actualmente están en prisión preventiva oficiosa. Tampoco el proyecto afirma o propone que serán simplemente los operadores (jueces) los que decidirán en cada caso, lo que se propuso fue activar el mecanismo de revisión de medidas cautelares previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales”, dijo.

Y respondió al ministro Alberto Pérez Dayán: “En relación con la afirmación de que lo que propuse fue determinar la inconstitucionalidad de la Constitución, me permito subrayar que, en ningún momento, ello fue el contenido o texto de mi proyecto ni mi planteamiento, y, desde luego, rechazo tajantemente haber afirmado o siquiera insinuado que propongo quitarle hojas a la norma fundamental y con ello vulnerarla”.

Sin embargo, el ministro Luis María Aguilar destacó que la mayoría de los ministros están de acuerdo en que el uso desproporcionado de la prisión preventiva es contrario a los derechos humanos, por lo que, consideró que a partir de esa base se debe construir una sentencia que aglutine, en la medida de lo posible, las diversas posturas de los ministros.

“La ministra Esquivel sostiene que la prisión preventiva no es una medida deseable, la ministra Ortiz Ahlf la considera contraria a los derechos humanos, el ministro Pérez Dayán exhibe la amplitud que se les ha dado a los supuestos de procedencia de la medida cautelar; por su parte, el ministro González Alcántara y la ministra Ríos Farjat enfatizan que la prisión preventiva, cuando se impone en forma automática, se torna inconstitucional.

“Los ministros Pardo Rebolledo y Laynez aducen que la prisión preventiva oficiosa es desproporcional, contraria a la seguridad jurídica y al principio de ultima ratio; la ministra Piña, el ministro Gutiérrez Ortiz Mena, el señor ministro presidente Zaldívar estiman que la prisión preventiva oficiosa es contraria al parámetro de validez de los derechos humanos”.

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