En sesión extraordinaria, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ( ) determinó que los partidos políticos deben garantizar la paridad de género en las próximas elecciones del Estado de México y Coahuiladel 2023.

En el proyecto debatido, la magistrada Mónica Aralí Soto explicó que los partidos deberán definir los mecanismos de cómo aplicar la postulación de las mujeres antes de las convocatorias para los procesos de selección.

“Los partidos deberán indicar en qué entidades federativas postularán a una mujer y en cuál a un hombre. Estas reglas deberán informarse al INE antes del 31 de diciembre del año en curso, con la documentación que sustenten los criterios de competitividad”, dijo la magistrada del Tribunal Electoral.

La magistrada Mónica Soto Fregoso buscaba validar el acuerdo del INE para que los partidos políticos cumplieran con la paridad de género y con ello los partidos inscribieran a una mujer en alguna de las dos candidaturas a gobernador, ya sea Estado de México o Coahuila; sin embargo, fue desechada con tres votos.

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El TEPJF determinó que en la paridad de género en las candidaturas del Estado de México y Coahuila se privilegien las legislaciones locales, las cuales establecen la “paridad alternativa”.

En los comicios para gobernador de 2021 y 2022, el TEPJF estableció la “paridad horizontal” para garantizar que en la mitad de los estados en disputa los partidos o coaliciones postularan a una mujer.

Entre los argumentos de los magistrados que dieron marcha atrás al acuerdo del INE se destaca que tanto en el Estado de México como Coahuila ya avalaron leyes en sus entidades en este tema, por lo que el instituto se excedió en sus facultades.

Los marcos legales en materia electoral de ambos estados subrayan que los partidos estarán obligados a alternar el género en sus candidaturas, sin que en 2023 haya un género obligatorio.

También se indica que en las elecciones de 2023, los partidos pueden inscribir, por ejemplo, a un hombre para la candidatura a la gubernatura y, posteriormente, en las elecciones siguientes de 2029, deberán registrar a una mujer o viceversa.

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El TEPJF también extendió el plazo hasta 90 días antes de las próximas elecciones, siguientes a 2024, para que los partidos modifiquen sus estatutos a fin de garantizar la paridad de género en aquellos estados que no han legislado en la materia.

Se acordó que en caso de que las mujeres militantes consideran que no hay paridad en su partido para poder competir por una gubernatura podrán impugnar y el TEPJF analizará y decidirá en cada caso.

Cabe destacar que al margen de estas determinaciones del TEPJF, en el Estado de México Morena ya perfiló como su virtual candidata a gobernadora a Delfina Gómez y el PRI a Alejandra del Moral.

El acuerdo del INE había sido impugnado y criticado por todos los partidos políticos, al argumentar que los consejeros electorales se estaban inmiscuyendo en el tema de la definición interna de las candidaturas y se obligaba a que la candidata postulada en la entidad fuera la que tuviera la mayor posibilidad de ganar de acuerdo con los votos obtenidos en las últimas elecciones.

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