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Sólo 10.9% de los daños cubiertos por seguros corresponde a eventos por terremoto, reportó un estudio del Instituto Belisario Domínguez del Senado y, ante esa reducida proporción, recomendó que se legisle para que en la ley se incluya esta causa de manera regular en los contratos de protección de bienes inmuebles.

Miles de edificios de la Ciudad de México tienen daños de diverso riesgo, causados por los sismos de septiembre pasado. También decenas de inmuebles se derrumbaron o tendrán que ser demolidos y pocos tienen cobertura de seguro por terremoto.

La Ley sobre el Contrato de Seguros señala que la empresa aseguradora ¨no responderá por daños y pérdidas causados por terremoto o huracán, salvo estipulación en contrario del contrato”.

El estudio propone que se legisle y que el ordenamiento establezca que los contratos incluyan primas de protección para daños causados por terremoto o huracanes.

Reporta que en comisiones hay una decena de iniciativas de reforma a la Ley de Contratos de Seguros, presentadas en la actual 62 Legislatura y “ninguna se refiere a modificaciones en el contrato de seguro contra daños”.

En 2015, la cobertura de daños en México, de acuerdo con el Anuario Estadístico de Seguros y Fianzas, tuvo en primer lugar automóviles (50.5%), seguido por un rubro genérico de “Diversos” (13.25%), luego terremotos (10.9%); e incendio (8.5%).

Los sismos de septiembre, agrega el reporte, mostraron que “los mexicanos no tienen la cultura de contratación de seguros para proteger sus bienes inmuebles de daños ocasionados por catástrofes naturales”.

Incluso, en sus pólizas básicas, las aseguradoras no incluyen la protección contra daños ocasionados por terremoto o huracán.

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