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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley para la Atención Integral de las Personas con Síndrome de Down de la Ciudad de México porque el Congreso local no realizó una consulta real a estas personas ni a las asociaciones que las representan.
Durante la sesión de este martes, los ministros declararon inválida esta norma porque consideraron que en el proceso legislativo se incumplió la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, al no tomar en cuenta a los niños con discapacidad a través de las organizaciones que los representan.
La invalidez tendrá efectos 180 días después de la publicación de la sentencia en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que las personas con Síndrome de Down no sean privadas de los efectos benéficos que puede tener la ley, mientras se realiza una consulta y se legisla nuevamente.
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