Funcionarios del gobierno federal se reunieron esta tarde de manera virtual para instalar la Comisión de Amnistía , organismo responsable de revisar las solicitudes de liberación de las personas reclusas que no cometieron delitos graves o que forman parte de sectores vulnerables.

En la instalación de la comisión están presentes Olga Sánchez Cordero, secretaria de Gobernación; Alfonso Durazo, secretario de Seguridad y Protección Ciudadana; Maria Luisa Albores, secretaria de Bienestar; Nadine Gasman, presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres, y Adelfo Regino Montes, titular del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.

Los participantes del encuentro acordaron que Paulina Téllez Martínez, actual titular de la Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia de la Secretaría de Gobernación, será la secretaria técnica de la Comisión de Amnistía y por lo tanto tendrá que dar seguimiento a los acuerdos del organismo, integrar el expediente de quienes soliciten la amnistía, elaborar el proyecto de resolución para cada caso, entre otras funciones.

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“Bienvenidos a esta primera sesión, yo la llamaría histórica, de la instalación de la Comisión de Amnistía, y es histórica porque es un compromiso del señor presidente Andrés Manuel López Obrador que hoy se hace realidad. El señor Presidente tiene el firme compromiso de velar por una justicia social”, señaló Olga Sánchez Cordero.

En su discurso de apertura la ministra en retiro se refirió a la importancia de fortalecer las instituciones del sistema de justicia y consideró que es indispensable atender todas las injusticias que ha pasado el pueblo mexicano.

Aunque la Ley de Amnistía fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), es hasta hoy que podrá operar con esta comisión especial que revisará y resolverá las solicitudes de liberación de las personas privadas de la libertad.

¿A quién beneficiará la Ley de Amnistía?

La Ley de Amnistía beneficiará a las mujeres que hayan sido imputadas por interrumpir su embarazo; los médicos, cirujanos, comadronas o parteras, u otro personal autorizado de servicios de la salud, que hayan auxiliado en la interrupción del embarazo, y a los familiares de la mujer que hayan auxiliado en la interrupción del embarazo.

También se podrá beneficiar a las personas acusadas por homicidio en razón de parentesco (otro tipo penal con el que se acusa a las mujeres que sufrieron un aborto involuntario); delitos contra la salud si la persona acusada era vulnerable y pobre, si tenía una discapacidad permanente, si cometió el delito por indicación de su pareja sentimental o pariente, y si cometió el delito por temor fundado.

De igual forma beneficiará a los acusados por delitos contra la salud, siempre y cuando hayan formado parte de una comunidad indígena o afromexicana y cumpla con cierto perfil, y las personas consumidoras que hayan poseído narcóticos en cantidades superiores hasta en dos tantos a la dosis máxima de consumo personal e inmediato, a que se refiere el artículo 479 de la Ley General de Salud, siempre que no haya sido con fines de distribución o venta.

Se perdonará a quienes cometieron el delito de robo simple y sin violencia, siempre que no amerite pena privativa de la libertad de más de cuatro años, y a los responsables del ilícito de sedición.

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