Una ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( ) dio entrada al litigio iniciado por el Poder Legislativo de Morelos para determinar si el fiscal de la entidad, Uriel Carmona Gándara , tiene o no fuero.

La ministra Norma Lucía Piña Hernández admitió a trámite la controversia constitucional presentada por el Poder Legislativo de Morelos en contra de la resolución, dictada el pasado 3 de mayo por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en la que declaró que el fiscal no tiene fuero constitucional.

“Se admite a trámite la demanda que hace valer, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que puedan advertirse al momento de dictar sentencia”, indica el acuerdo notificado el pasado 19 de noviembre.

“Se tiene como demandado en este procedimiento constitucional a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a la que deberá emplazarse con copia simple del escrito, para que presente su contestación dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación de este proveído, sin que resulte necesario que la autoridad demandada remita copias de traslado de la contestación respectiva, al no ser un requisito que se establezca en la ley reglamentaria de la materia.

“Además, como lo solicita el promovente, se tiene como tercero interesado en esta controversia constitucional a la Fiscalía General del Estado de Morelos, en atención a que, pudiera resultar afectada con la resolución definitiva que se emita en este asunto; en consecuencia, désele vista con copia del escrito de demanda para que en el plazo concedido en el párrafo que antecede, manifieste lo que a su derecho convenga”, agrega.

En su acuerdo, la ministra solicitó a la Cámara de Diputados copias del expediente en el que se declaró que Carmona Gándara no tiene fuero constitucional

Asimismo, negó la suspensión solicitada por el Poder Legislativo de Morelos con la que buscaba que la resolución de la Cámara de Diputados no surtiera efectos, es decir, que Carmona Gándara continúe gozando de fuero constitucional.

Esto, debido a que mediante un amparo el fiscal general de Morelos obtuvo una suspensión actualmente vigente que impide que la resolución de los legisladores federales surta efectos.

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ed

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