Vecinos de las alcaldías Cuauhtémoc, Coyoacán, Cuajimalpa y Álvaro Obregón, quienes integran el Frente Ciudadano Salvemos la Ciudad, promovieron tres amparos contra la Ley de Participación Ciudadana , que aprobó el Congreso local el 12 de agosto pasado.

Sin embargo, comentaron en conferencia que esperan que en los próximos días los jueces determinen la suspensión de la norma, lo que frenaría la elección de los Comités de participación comunitaria (Copacos) y la consulta ciudadana sobre el presupuestos participativos de éste año y de 2021.

Mayela Delgadillo Bárcena, quien fue diputada de la Asamblea Constituyente y que expidió la Constitución Política capitalina, explicó que en los amparos admitidos por jueces de Distrito en Materia Administrativa, reclaman la inconstitucionalidad de la ley en su totalidad, ya que el legislativo local violentó el derecho a la participación ciudadana en la elaboración de la norma.

Recordó que dicha ley fue aprobada en el pleno del legislativo el 12 de agosto pasado y se publicó ese mismo día en un número bis de la Gaceta Oficial para su inmediata entrada en vigor, lo que dejó sin efecto un amparo que habían obtenido vecinos de la colonia Juárez.

Delgadillo Bárcena advirtió que para que efectivamente se garantice el derecho a la participación ciudadana, el Congreso capitalino debió sujetarse a lo que establece en esa materia en tratados y convenios internacionales.

En tanto, Arturo Caballero, vecino de Cuajimalpa, comentó que al haber excluido de la ley los temas de pueblos y barrios originarios, con el argumento de que la ley específica en materia de derechos indígenas –publicada a su vez el pasado 20 de diciembre–, contendría las disposiciones relativas a la consulta y derechos participativos, violentó sus derechos al prácticamente decir que una persona indígena no es ciudadana.

Araceli Yucupio, de Coyoacán, agregó que el Congreso local legisló demasiado rápido y negó que haya escuchado a los ciudadanos en varios temas, como la de dividir 50 por ciento del presupuesto participativo a partes iguales entre las unidades territoriales y el otro bajo criterios de pobreza, población, inseguridad, entre otros, “como si las necesidades de unas son más importantes que la de otras”.

Leticia Parada, de Gustavo A. Madero, mencionó a su vez que la ley no establece los criterios para conformar la unidad territorial, y que no se garantiza corregir anomalías que se presentaban en la elección de comités ciudadanos y la consulta del presupuesto participativo como por ejemplo, en el caso de su demarcación, que personas de Tepeyac I, votaran en Tepeyac II.

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