El Pleno del confirmó la elección de las Comisiones de Participación Comunitaria (Copacos) en varias colonias, luego de desechar los argumentos de los demandantes con base en diversos juicios electorales.

Al resolver el juicio TECDMX-JEL-174/2020 y su acumulado TECDMX-JEL-175/2020, promovidos por Adán Hernández Carmona y Brian Isaac Artiel Hernánde z, en contra de la Copaco de la unidad territorial Tecolalco, los magistrados confirmaron que la candidata denunciada forma parte de la Alcaldía Álvaro Obregón , aunque está como personal provisional, lo que no infringe el reglamento.

En el expediente TECDMX-JEL-346/2020, promovido por Gabriela Evaristo Moreno, contra el Copaco de la unidad territorial Bosques de Tarango , los magistrados consideraron inoperante el agravio, ya que la persona impugnada no fue designada como integrante de ésta.

Al atender el juicio TECDMX-JEL-376/2020, promovido por Amalia González Plaza, contra el Copaco de unidad territorial Palmas, el TECM resolvió que el denunciado es trabajador sindicalizado en la Alcaldía Álvaro Obregón, “pero no quedó demostrado que su cargo sea de enlace, superior jerárquico o con carácter de honorarios profesionales con cargo y manejo de programas sociales, lo que no contraviene el reglamento.

Por otra parte, en el juicio TECDMX-JEL-106 y su acumulado TECDMX-JEL-140, ambos de 2020, promovidos por Hilda Gabriela Ortega Valdez contra el Copaco de la unidad territorial Villa de Cortés, Alcaldía Benito Juárez; el Pleno determinó confirmar la elección al no acreditar que sus integrantes laboren para esa demarcación.

Respecto del juicio TECDMX-JEL-146/2020, promovido por Ernesto Samuel Ferreira Durán contra el Copaco de la unidad territorial Ciudad Jardín, Alcaldía Coyoacán , el TECM desechó la denuncia, debido a que si bien está acreditado que la persona impugnada labora en esa demarcación, “no es de estructura y tampoco maneja los programas sociales”, como lo acusaron.

Sobre el juicio TECDMX-JEL-177/2020, promovido por Ulises Lanz Uribe contra integrantes del Copaco de la unidad territorial Potrero San Bernardino, Alcaldía Xochimilco , el Pleno confirmó su elección al comprobar que el domicilio de la persona impugnada está en esa demarcación.

En el juicio TECDMX-JEL-315/2020, promovido por Ricardo Mena Guzmán y Heladio Pérez Cornejo contra el Copaco de la unidad territorial Nueva Generación, Alcaldía Iztapalapa , los magistrados confirmaron que la personas impugnadas electas acreditaron residir en dicha unidad.

Mientras tanto, en el juicio TECDMX-JEL-116/2020, promovido por María de la Luz Amada Encinas García, Leonel Tinajero Cárdenas y Adela Guillermina Lefranc Artaza contra el Copaco de la unidad territorial Lindavista I, Alcaldía Gustavo A. Madero , los denunciantes no lograron acreditar la conducta irregular del denunciado en el proceso electivo.

Lo mismo ocurrió con los Copacos de la unidad Margarita Maza de Juárez, Alcaldía Iztapalapa; de Tierra Unida, en Magdalena Contreras ; de la unidad territorial “Veracruzana (Ampl)”, en Iztapalapa; de Ciudad Jardín, en Coyoacán, entre otras.

Invalidación

Por otra parte, el TECM invalidó la elección y el presupuesto participativo del Copaco de la unidad territorial Centro I, Alcaldía Cuauhtémoc, respecto juicio 119 y su acumulado 121, 123 y 153, por diversos motivos.

Entre ellos, el organismo citó la sustracción de urnas en una de las Mesas Receptoras, los afectó el 50% del resultado de la votación y opinión, motivo por el que los magistrados declararon nula esa elección, por lo que Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) deberá realizar una elección extraordinaria.

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