En el último siglo de historia jurídica, el Estado mexicano no había experimentado una transformación judicial como la que está en proceso. La transición del modelo de justicia “inquisitorial” hacia uno nuevo, acusatorio y oral, cercano a la ciudadanía y eminentemente garantista, significa una cirugía mayor al sistema jurídico del país.

La múltiples repercusiones que el Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP) trae consigo impactan en tres rubros sensibles al modelo de justicia: primero, en el ámbito de la seguridad pública, acota la actuación de las policías al respeto irrestricto de los derechos humanos; segundo, se ha fortalecido la investigación y persecución de los delitos incluyendo métodos científicos en ambos procesos a fin de brindarles certeza e imparcialidad; y tercero, la impartición de justicia adecuará sus criterios a nuevos protocolos y estándares, teniendo presente que los juicios, además de orales, serán públicos y transparentes.

Este nuevo modelo responde a una legítima exigencia ciudadana por hacer de la justicia un elemento habitual de la realidad social, en el que los protagonistas de los procesos judiciales, víctima e imputado, gozan de mayores garantías para hacer valer sus derechos humanos. Asimismo, el NSJP prevé garantizar los derechos de la comunidad en su conjunto, ejerciendo sobre el sistema penal una fiscalización constante y efectiva.

El nuevo modelo de justicia busca constituirse en una herramienta efectiva de reconstrucción del tejido social, para ello se han dispuesto los Medios Alternativos de Solución de Conflictos (MASC), de acuerdo con los cuales, antes de llevarse a cabo un juicio entre víctima e imputado, apelan al diálogo y la reconciliación entre ambos y así encuentren la medida justa y necesaria para que los daños sean reparados. Al respecto, vale decir que la aplicación de los Medios Alternativos está sujeta a tres condiciones ineludibles: que el imputado tenga la condición de primodelincuente, que se trate de un delito de bajo impacto, y que la víctima esté dispuesta a dialogar y conciliar con el imputado.

Los MASC constituyen una de las grandes innovaciones al proceso judicial; hasta antes de la llegada del NSJP, los procesos judiciales tardaban en resolverse, en promedio, de 170 a 185 días, mientras que ahora aquellos casos resueltos por los Medios Alternativos alcanzaron 30 días, en promedio.

La aplicación del NSJP representa, también, una nueva visión sobre el uso de la prisión preventiva. Mientras en el anterior sistema funcionaba como un elemento indispensable, en el nuevo el imputado podrá contar con otras medidas cautelares distintas a la prisión preventiva, siempre y cuando así se determine en un análisis socioeconómico y jurídico aprobado por el juez, quien estará facultado para ordenarla oficiosamente cuando el delito del que se trate sea secuestro, homicidio doloso, violación, delincuencia organizada o delitos cometidos con armas o explosivos, y aquellos otros que vulneren la seguridad nacional, el libre desarrollo de la personalidad y la salud. Las restricciones a la aplicación de la prisión preventiva significaron que, en 2011, 11 mil personas no fueran objeto de este procedimiento, lo que representa un ahorro potencial de 2 millones 420 mil pesos diarios.

El reto que representa el Nuevo Sistema de Justicia Penal no se reduce, únicamente, a un cambio legal, actualizar o crear la infraestructura necesaria para su ejecución; tampoco al reto mayúsculo que representa la capacitación constante del personal involucrado con el nuevo modelo de justicia. Por el contrario, la condición más acuciosa es la que representa modificar la cultura jurídica del país en aras de procurar una mejor justicia, más cercana, transparente y eficaz.

Titular de la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal

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