La Fiscalía General de la República acusó a 31 científicos y exfuncionarios del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) y del Foro Consultivo Científico y Tecnológico A.C. (FCCyT) de cuatro delitos, entre ellos, operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada, por destinar recursos al FCCyT entre 2002 y 2019. Sin embargo, la institución encabezada por Alejandro Gertz decidió hacerlo pese a que su mismo personal realizó un peritaje que determinó que los recursos sí provenían del Conacyt, en específico del Fondo Institucional del Consejo (FOINS) y del Programa Apoyos para actividades científicas, tecnológicas y de innovación, “F002”.
Esas inconsistencias sí fueron detectadas por un juez que se negó a girar órdenes de aprehensión contra los científicos, quien le señaló a la FGR que debe de haber una relación directa entre los hechos y las pruebas presentadas, y calificó como “inadecuado” que la Fiscalía “reproduzca datos de prueba”, cuando “debe formular una proposición” que justifique los delitos imputados.
En esa denuncia señaló que tras 17 años de operación del Foro, más de 50 investigadores habrían cometido cuatro delitos: coalición de servidores públicos, uso indebido de atribuciones y facultades, uso ilícito de atribuciones y facultades, y peculado. Pero la Fiscalía cambió los dos primeros por operaciones con recursos de procedencia ilícita, y delincuencia organizada, y para sustentar esas acusaciones ordenó varios peritajes, uno de ellos consistió en analizar el origen de los recursos del FCCyT.
El 2 de octubre de 2020, Diana Ruiz Ballado, agente del Ministerio Público de la Federación, titular de la agencia décimo octava investigadora de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Cometidos por Servidores Públicos y contra la Administración de Justicia (UEIDCSPCAJ), de la FGR, solicitó a través del oficio “UIL-XVIII-180/2020” a Maribel Anahí Soto Vega, perito en Materia de Contabilidad de la Coordinación General de Servicios Periciales, de la FGR, la ampliación de un dictamen sobre los recursos otorgados al Foro.
Seis días más tarde, el 8 de octubre de 2020, Soto Vega indicó que los documentos compartidos por la UEIDCSPCAJ “no son suficientes para la emisión del dictamen pericial encomendado” y por ello pidió más documentos, como los estados de cuenta bancarios a nombre del FCCyT, “de las cuentas autorizadas para recibir los recursos” del FOINS y F002, y las “transferencias SPEI de las mismas que respaldan los retiros derivados de lo recibido” de ambos fondos.
El 20 de noviembre de 2020, Judith Noemí Cornejo Gama, perito en materia de contabilidad de la Coordinación de Servicios Periciales de la FGR, indicó que ya había entregado parte de la información pero el 4 de diciembre reiteró que “aún no son aportadas la totalidad de las documentales solicitadas” el 2 de octubre.
Ya este año, el 24 de febrero, Ruiz Ballado informó a Cornejo Gama que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores autorizó que BBVA, Bancomer, entregara los estados de cuenta del FCCyT, del 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2018, para identificar y cuantificar los depósitos del Conacyt al Foro, identificar “si únicamente se perciben depósitos del Conacyt al Foro, o bien si se detectan depósitos provenientes de terceros”, identificar “cargos por concepto de compra de bienes inmuebles, vehículos o cheques de caja o certificados” e “identificar aquellos movimientos bancarios por concepto de fondos de inversión e inversiones patrimoniales”.
Ahí también “se advierte la adquisición del bien inmueble en Melchor Ocampo 405, en Coyoacán, a favor del Foro”, por 11 millones 43 mil 660 pesos, “por lo que se le solicita que identifique si de los estados de cuenta se advierte el egreso por dicha cantidad”.
Además indicó que “no se observan egresos” por 11 millones, 43 mil 660 pesos “que indiquen la adquisición” de la casa en Coyoacán; pero en documentos contenidos “en el expediente de Carpeta de Investigación, se observa que dicha adquisición fue realizada mediante dos cheques de caja, a través de la representación de la Lic. Adriana Ramona Guerra Gómez”, secretaria ejecutiva del Foro. El primer cheque fue por 300 mil pesos, y el segundo por 10 millones 743 mil 660 pesos. Ambos con fecha del 10 de junio de 2015.
Fue el 17 de mayo cuando Cornejo Gama emitió el dictamen: entre sus conclusiones está que entre 2013 y 2017, al FCCyT se le asignaron 235 mdp y que “el origen y destino de los recursos transferidos de las cuentas bancarias” a nombre del Conacyt sí fueron a cuentas bancarias del Foro.
Juez señaló errores a la FGR
Pese a lo documentado por la misma FGR, la institución acusó a 31 científicos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada, y ha buscado dos veces que se giren órdenes de aprehensión y sean recluidos en el Centro de Justicia Penal Federal del penal del Altiplano, Estado de México, considerado de máxima seguridad.
Ambas solicitudes fueron negadas por el juez Gregorio Salazar, pues no halló los elementos suficientes y sí inconsistencias en el actuar de la FGR. La primera respuesta del juez fue el 25 de agosto:
“La fiscalía se limita a establecer aspectos de carácter general que de ningún modo particularizan los aspectos específicos del porqué cada uno de los justiciables a los que pretende conducir a proceso a través del mandamiento de captura, tienen aparejada una condición específica que refleje la aludida razón de seguridad que alega en la solicitud, menos aún se aprecia por qué la centra en el apartado específico de razones de seguridad en las prisiones, cuestión que no se advierte justificada a pesar de que atribuye el ilícito de delincuencia organizada”.
El juez pidió a la FGR que muestre pruebas completas o de lo contrario habría cometido un error al tomar una decisión basada en documentos con información parcial: “No basta argumentar de manera categórica o dogmática sobre la acreditación de los hechos que la ley señala como delito, menos establecer la sola identificación del dato de prueba, como si se pretendiera que este Unitario lo conoce a cabalidad o infiera su contenido, lo cual es inadmisible, pero además, la omisión de informar tales datos de prueba en su integridad o en lo conducente impide analizar en el fondo la pretensión de la fiscalía, para que a su vez se realice el ejercicio de análisis que permita arribar a conclusiones concretas y no de inferencia provocadas por la falta de información de calidad contenida en los registros”.
La Fiscalía General de la República indicó el 22 de septiembre que volverá “a solicitar la orden de aprehensión, explicando con toda claridad lo que se considera un hecho delictivo patrimonial imputable a dichas personas, y las pruebas que lo acreditan”.
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