La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó ayer, en edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, el decreto que exenta del pago de arancel de importación y las facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica.

La dependencia enlistó los productos identificados en las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en concordancia con el anuncio que se hizo hace poco dos semanas del Acuerdo de Apertura Contra la Inflación y la Carestía (Apecic).

Se crea el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica, a cargo del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que estará integrado por los importadores que éste inscriba.

El SAT deberá dar a conocer en su portal el listado de las personas inscritas en el padrón.

Además, se establece que el SAT, la Agencia Nacional de Aduanas de México, la Secretaría de Economía, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria), la Secretaría de Salud (a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios), así como las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se deben coordinar para implementar las facilidades otorgadas en el decreto publicado en el DOF.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) debe implementar, en el ámbito de sus atribuciones, las medidas de vigilancia necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones en materia de precios, con la finalidad de contrarrestar los efectos sobre los precios derivados de la tendencia inflacionaria en el marco de este decreto.

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