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La reforma política de la Ciudad de México, que está vigente desde el pasado 30 de enero, no establece explícitamente la paridad de género en la integración de la Asamblea Constituyente.

Por ello voces como diputadas locales y consejeros electorales capitalinos han señalado que debe garantizarse la paridad de género en la integración de los 100 diputados constituyentes.

Por ejemplo, en el caso de la convocatoria que lanzará el Instituto Nacional Electoral (INE) en los próximos días, se espera que se incluya alguna disposición al respecto.

En la visita que realizó el presidente del INE, Lorenzo Córdova, a la Comisión de la Ciudad del Senado de la República, se abordó el tema.

A su vez, el consejero presidente del Instituto Electoral capitalino, Mario Velázquez, explicó que para dar certeza al proceso electoral, entre los elementos que se deben analizar y precisar, es la paridad de género.

Y es que el principio de paridad entre hombres y mujeres en los congresos ya es un mandato constitucional.

De esta forma diputadas de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México se han manifestado porque se respete la paridad de género no sólo en la integración del Constituyente sino en la lista de los candidatos que presentarán los partidos políticos.

Las asambleístas de Morena, Citlali Hernández y Beatriz Rojas, exhortaron al INE para que se cumpla la igualdad entre hombres y mujeres para integrar la Asamblea que aprobará la Constitución Política de la Ciudad de México.

La presidente de Movimiento Ciudadano en la capital, Esthela Damián, ha calificado de omisión grave que esta disposición no se haya incluido en la Reforma Política de la ciudad.

Requisitos para ser constituyente. Los requisitos para competir por pertenecer a la Asamblea Constituyente fueron establecidos en la reforma política de la ciudad que fue promulgada la tarde del viernes por el presidente de la República, Enrique Peña Nieto.

Entre ellos está tener 21 años cumplidos el día de la elección, en este caso el 5 de junio. Ser originario de la ciudad de México o vecino con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de la elección. Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar.

Quienes estén activos en el ejército o mando policíaco debe renunciar a su cargo 60 días antes de la elección.

Los que también deberán separarse del cargo —60 días antes— son los secretarios y subsecretarios de estado, ministros de la Suprema Corte. También los secretarios capitalinos y los titulares de los órganos desconcentrados.

“No ser legislador federal, ni diputado a la Asamblea Legislativa, ni jefe delegacional, salvo que se separen de sus cargos sesenta días antes del día de la elección; resultando aplicable en cualquier caso lo previsto en el artículo 125 de la Constitución”, se detalla. Esto quiere decir que debe pedir licencia. Los interesados no deben ser ministros de algún culto religioso y para candidatos independientes, el requisito es “no estar registrados en padrones de afiliados de los partidos políticos, con fecha de corte a marzo de 2016”.

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