La Virgen María es una de las imágenes de la más importantes. La madre de Jesús tiene millones de seguidores en todo el mundo y lamentablemente esto se ha prestado para que haya estafas aprovechando supuestos fenómenos sobrenaturales y apariciones de la Virgen.

El viernes, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe publicó un documento que servirá a los obispos de todo el mundo para evitar estafas ya que establece reglas claras con las que podrán certificar estos fenómenos.

Ese documento fue elaborado por la Pontificia Academia Mariana Internationalis (PAMI), que es un observatorio de apariciones y fenómenos místicos ligados a la Virgen María en el mundo. instituyó el PAMI en abril del año pasado. El objetivo del PAMI es analizar e interpretar los diversos casos de apariciones marianas: apariciones, lacrimaciones, locuciones interiores, estigmas y otros fenómenos místicos en curso o ya ocurridos, pero que todavía esperan un pronunciamiento sobre la autenticidad por parte de la autoridad eclesiástica.



¿De qué trata el documento para validar fenómenos paranormales?

De acuerdo con el documento, de ahora en adelante ni el obispo local, ni la Santa Sede declararán si fenómenos reportados son de origen sobrenatural, tampoco los catalogaran como milagros.

La modificación de las normas entrarán en vigor a partir del domingo 19 de mayo. En adición, el cardenal Víctor Manuel Fernández, Prefecto del Dicasterio, esclareció ciertos aspectos en una carta, donde indica que el nuevo procedimiento permite decisiones más rápidas respetando la devoción popular.

Según lo planteado, la Iglesia ejercerá sus deberes de discernimiento, basándose en lo siguiente:

  1. Si se pueden constatar signos de una acción divina en fenómenos que se alegan de origen sobrenatural.
  2. Si hay algo que contradiga la fe y la moral en los escritos o mensajes de los involucrados en los presuntos fenómenos en cuestión.
  3. Si es permisible apreciar sus frutos espirituales, si necesitan ser purificados de elementos problemáticos o si se debe advertir a los fieles sobre riesgos potenciales.
  4. Si es recomendable que la autoridad eclesiástica competente realice su valor pastoral.

¿Por qué la nueva norma?

Durante las últimas décadas muchos casos han involucrado al antiguo Santo Oficio, incluso cuando obispos individuales se han expresado al respecto. Sin embargo, las intervenciones usualmente se han mantenido detrás de escena y nunca se hicieron públicas. La nueva implicación explícita del Dicasterio también se relaciona con la dificultad de circunscribir fenómenos que, en algunos casos, alcanzan dimensiones nacionales e incluso globales, "lo que significa que una decisión tomada en una Diócesis tiene consecuencias también en otras partes". Por su parte, el Cardenal Fernández indica que la decisión se origina a partir de la larga experiencia del siglo pasado, que vio casos en los que el obispo local (o los obispos de una región) declararon rápidamente la naturaleza sobrenatural de un fenómeno, solo para que el Santo Oficio expresara una decisión diferente más tarde. Además, el proceso de investigación requería largos períodos de discernimiento para evaluar todos los elementos y llegar a una decisión sobre la naturaleza sobrenatural o no sobrenatural de los fenómenos. La demora contrastaba con la urgencia de dar respuestas pastorales para el bien de los fieles. Por ello, el Dicasterio comenzó a revisar las normas en 2019, llevando al texto actual aprobado por el Papa Francisco el 4 de mayo.

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