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Con voto dividido, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la distribución de los tiempos de radio y televisión para los partidos políticos, misma que realizó el Instituto Nacional Electoral (INE) con un recorte de más de 124 mil spots durante mes y medio.
Esa distribución fue realizada por el INE ad cautelam, en lo que se resuelve una controversia constitucional que interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para oponerse al decreto con el cual el presidente Andrés Manuel López Obrador devolvió a concesionarios 40% de los tiempos fiscales, es decir, con los que pagaban impuestos en especie.
Una parte de esos tiempos son empleados para la difusión de anuncios de partidos, candidatos y autoridades electorales, y están bajo administración exclusiva del INE como parte del modelo de comunicación política.
Al recortarse los tiempos fiscales, el INE tuvo que reducir tres spots diarios en mil 414 estaciones de radio y dos cada 24 horas en 896 canales de televisión. El impacto del 15 de mayo al 30 de junio será 6 mil 34 anuncios menos cada día, y en total 124 mil 726 menos.
Los magistrados resolvieron ayer en videoconferencia cinco impugnaciones contra esa decisión, promovidas por PAN, PRD, MC, Socialdemócrata de Morelos y PT, pero desestimaron sus alegatos tras considerar que no se viola el modelo de comunicación política, no se invaden las competencias del INE y su autonomía, ni tampoco se afecta el derecho a la información y la libertad de expresión.
Según el magistrado presidente Felipe Alfredo Fuentes —cuya propuesta de sentencia se avaló— el acuerdo impugnado fue emitido conforme con el modelo de comunicación política.
Aseguró que los partidos citados pretenden que se analice la constitucionalidad de una decisión que tomó el Ejecutivo en ejercicio de sus facultades tributarias, pero eso implicaría un análisis en el ámbito administrativo-fiscal y no en el electoral.
La tutela debe ser de un porcentaje de 12% del tiempo y ese núcleo no ha sido tocado ni tampoco los tiempos de precampaña y campaña, dijo.
Los magistrados Janine Madeline Otálora y Reyes Rodríguez, estimaron que el fondo del decreto —la redistribución de los tiempos para los partidos— “tiene un impacto no sólo en la materia electoral sino en la materia política y en la vida democrática”.
Rodríguez Mondragón explicó que el modelo de comunicación política sí se afecta, y la muestra es que la base mínima para su aplicación es contar con 48 minutos de tiempos oficiales. Tiempos del Estado (30 minutos) y fiscales (35 en radio, y 18 en televisión).