El Instituto Mexicano para la Competitividad ( IMCO ) publicó un estudio en octubre de 2020 que parte de la premisa de que las “compras públicas de un gobierno deben garantizar bienes y servicios de la máxima calidad al menor precio posible. Por ello, deben ser planeadas y ejecutadas priorizando el beneficio de la población y no los intereses privados”.

El punto de partida es correcto en la medida que considera a la compra pública como un proceso integral que abarca sus cuatro momentos: la planeación , la selección del proveedor, la suscripción del contrato y la ejecución del mismo y advierte que es vulnerable a los riesgos de corrupción . Sin embargo, el estudio se reduce a identificar los obstáculos a la competencia sólo en una de sus etapas que es la determinación del proveedor y obtiene como resultado relevante que casi uno de cada dos pesos gastados en adquisiciones procede de adjudicaciones directas y que hay una concentración en proveedores únicos.

Bajo esta óptica reduccionista, las recomendaciones se limitan a fortalecer la transparencia en las licitaciones públicas, a limitar sus excepciones, a impulsar contratos marcos y a mejorar el CompraNet , pero se soslaya la planeación y la ejecución de la contratación pública que son momentos muy importantes en los que poca atención han puesto estos centros de investigación pública.

¿Cómo se planea y programan las adquisiciones? ¿Cómo se determinan las necesidades de bienes y servicios de las entidades públicas? ¿Hay planeación de largo plazo? ¿Cuáles son los criterios que prevalecen para determinar los contenidos de los programas anuales de adquisiciones, servicios y arrendamientos? Hay poca información pública sistematizada sobre ese proceso, aunque su resultado para efecto de conocimiento a los posibles proveedores, se publica en el enero en el CompraNet.

El proceso de toma de decisiones sobre qué y para qué se solicita la adquisición de un bien o la prestación de un servicio y cómo se vinculan con los objetivos de la entidad pública queda documentado en las actas de los comités de adquisiciones, arrendamientos y servicios y en las comisiones consultivas mixtas de abastecimiento, cuya desaparición está propuesta en la iniciativa de reforma de la ley de la materia propuesta por Morena. No se contienen en una plataforma electrónica que facilite conocer las prioridades, ni los criterios a largo y mediano plazo de la contratación.

La información sobre la ejecución de los contratos no es pública, salvo aquella que involucra a los incumplimientos que se deben registrar en CompraNet para efectos de la inhabilitación o antecedentes de los proveedores en el catálogo correspondientes para que, en su caso, se excluyan de los procesos adjudicatorios.

En este sentido, un avance significativo en materia de rendición de cuentas fue el acuerdo emitido por el Secretario de la Función Pública, Roberto Salcedo Aquino , que establece la obligatoriedad del registro de contratos y operaciones de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público en la Bitácora Electrónica de Seguimiento de Adquisiciones y sus Lineamientos (BESA) y publicado el primero de enero de 2021.

El registro en la BESA es obligatorio para la Administración Pública Federal y los entes públicos estatales y municipales que ejecutan recursos al amparo de la Ley de Adquisiciones con el propósito de coadyuvar a las labores de seguimiento y, en su caso, investigación de la SFP administrado por la Unidad de Auditoría a Contrataciones Públicas . En el sistema electrónico se llevará a cabo el control de los contratos y convenios modificatorios y sólo pueden acceder al mismo los servidores públicos competentes perfilados como administradores, coordinadores u operadores

No es una fuente de información abierta a la consulta de los servidores públicos que planean o contratan, ni es pública. La BESA está diseñada para el control, pero pudiera ser una base de datos con mayor utilidad a través de un mecanismo de transparencia que permitiera identificar oportunidad rezagos u obstáculos en el suministro o la prestación de un servicio. Además, el registro sólo es obligatorio para contratos con valor igual o superior a 15 millones de pesos.

La BESA está integrada por tres módulos que permiten el seguimiento del programa de entregables, del avance físico y financiero de los mismos y de los informes y reportes de control de los contratos.

El propósito es que sea interoperable con CompraNet para evitar el doble trabajo de registro y para ampliar el alcance del uso de la base de datos y aumente su accesibilidad pública. Si bien es cierto que el acuerdo de octubre de 2021 establece claramente que el sistema electrónico contiene información pública y que se garantiza el derecho de acceso a la misma, mayor transparencia en las adquisiciones con una bitácora abierta contribuiría a que la atención de la opinión pública y personas interesadas en las compras gubernamentales también se pusiera en la planeación y ejecución de las mismas. Vale.

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Investigador del Instituto Mexicano de Estudios
Estratégicos de Seguridad y Defensa Nacionales
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