Hace poco más de seis meses, hubo interés de platicar con diputados de la legislatura del Estado de Colima, para poner el tema sobre la mesa en la elección del nuevo Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos; una institución con muchas deficiencias por falta de autonomía e independencia, pero sobretodo con un alto rezago jurisdiccional, demandas desde 2017 hasta la fecha por la violación a derechos humanos de miles de ancianos y está suspendido en pruebas expediente CDHEC/383/2017, sin justificación; la negativa expresa del presidente por no interponer una Acción de Inconstitucionalidad, en contra de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima, en el mes de agosto de 2018, por sus ligas que tiene con el gobierno del Estado, por solo mencionar algunos.

Se estableció como parámetro, que, llegado los tiempos, no menos de tres meses antes de que entrara al nuevo Ombudsman Colimense, se trabajaría sobre un procedimiento administrativo que llevaría a cabo el Congreso, para hacer la elección a través de consulta pública.

¿Por qué razón? Porque el artículo 13 de la Constitución Colimense señala: que la elección del PCEDH la llevará acabo el Congreso y a través de una consulta pública. Hasta ahí, ningún problema, ni tampoco se pensó que hubiera alguna diferencia de opinión en la lectura de la Constitución; pero los tiempos se acercaban y; ¡ah sorpresa! el día 20 de julio de 2019 sale publicada en el Periódico Oficial del Estado, la convocatoria, dando inicio al procedimiento para elegir al Presidente de la Comisión; el Congreso señaló que como consulta pública designaría a cinco ciudadanos que podrían emitir opinión de idoneidad sobre los candidatos que se registraran y que con eso, los legisladores designarían a quien ocuparía la presidencia de la Comisión.

La Sociedad Civil Organizada, para pronto, buscó a quienes estaban llevando el procedimiento ante la legislatura y con mucha preocupación fueron informados que no harían la consulta pública tal y como lo decía el artículo 13 de la Constitución Colimense ya que, la Ley Orgánica de la CEDH no lo contemplaba y con la simple invitación a que la sociedad pudiera proponer a algún candidato, eso, era suficiente, además dijo, que la sociedad, sería tomada en cuenta a través del Consejo Ciudadano; dos académicos, dos abogados de colegios y barras y un integrante de la Sociedad Civil Organizada; luego de este desencuentro, empezó a haber una cerrazón en el Congreso, se empezaron a mencionar nombres de candidatos y candidatos oficiales en medios de comunicación y empezó la inconformidad; la Sociedad Civil Organizada integrada por; Abogados Académicos Independientes S.C., Consejo Ciudadano de Seguridad Pública del Estado de Colima, El Presidente del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción (CPC) Carlos Maldonado Villaverde, Cómo Vamos Colima, Red Siglo XXI, y Comité de Derechos Humanos de Colima no Gubernamental A.C. iniciaron una defensa en favor de la consulta pública y pidieron al Congreso, que reconsiderara llevarla a cabo, y empezaron hacer una campaña en redes sociales, radio, televisión y medios de comunicación en general, invitando a la sociedad, para que propusiera candidatos o candidatas y se inmiscuyera en el procedimiento, (el Congreso no quería) así como también, invitando a todos aquellos candidatos y candidatas que fueran a participar, que publicitaran su currículum y su experiencia en la protección, promoción, defensa y reparación de los derechos humanos; todo con el fin de garantizar que, la presidenta o presidente que se nombre, sea el que tenga el mejor perfil, así sucedió.

Esto no le gustó a quienes están llevando a cabo el proceso, por principio de cuentas empezaron a cerrar filas sin transparentar nada y designaron a tres consejeros ciudadanos, en lugar de cinco como lo decía la propia convocatoria; ignoraron a las barras y colegios de abogados, con el argumento de que, todos ellos tenían una relación directa con los diecinueve candidatos que se habían registrado y que finalmente solo admitieron a dieciséis, tres fueron rechazadas.

Ante las críticas, tuvieron que nombrar a los otros dos integrantes del Consejo Ciudadano; pero ahora, de nueva cuenta el Congreso, ha encapsulado cualquier participación de la sociedad, no permiten la presencia de nadie en la comparecencia de los candidatos ante el Congreso, ni tampoco quisieron trasmitir en vivo las entrevistas, sólo van a grabar; las razones, no se saben, ni tampoco se dijeron; pero abonan al manipuleo, a la simulación y sofocan a la transparencia del proceso y esto no es favorable para proteger el principio de máxima publicidad que establece nuestra Constitución (Artículo 6 apartado A frac. I), lo inimaginable, no permitieron la presencia en las entrevistas a candidatos del Presidente del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción; pareciera que quieren favorecer a un candidato o a una candidata para que siga reinando el dedazo, el nombramiento por consigna, por amistad, por compadrazgo; si esto ocurre, el Congreso se estará dando un martillazo en el pie. Esta característica de no ser transparentes, no es nueva, la han practicado todas las legislaturas anteriores, al hacer estas designaciones importantes, ojalá y ésta, que es una nueva legislatura y de un nuevo gobierno, no le dé continuidad esas prácticas, que tanto han dañado a la autonomía e independencia de las instituciones públicas.

Sobre estas anomalías que está cometiendo el Congreso del Estado de Colima, ya hay amparos; uno el 798/2019 tramitado ante el Juzgado Tercero de Distrito, radicado en Colima, Col. Y otros cuatro quejosos que en común presentaron otro amparo número 768/2019 tramitado ante el Juzgado Primero de Distrito, de la misma entidad federativa, jueces que resolverán la legalidad o inconstitucionalidad de estas prácticas legislativas.

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