La Suprema Corte de Justicia de la Nación no alcanzó a invalidar el requisito de residencia en el estado de Quintana Roo por lo que los aspirantes a ocupar la gubernatura del estado deberán acreditar que han vivido allí durante los 10 años previos a la elección.

La disposición había sido impugnada por Morena mediante una acción de inconstitucionalidad resuelta hoy por el Pleno de la Corte, y en lo referente a ese requisito los ministros no alcanzaron la mayoría calificada, de 8 votos, para invalidarlo.

Morena también buscaba invalidar la sanción impuesta en las Leyes de Instituciones Electorales y de Medios de Impugnación en materia electoral del estado, a los partidos políticos por no respetar la paridad de género.

Sin embargo, los ministros avalaron la sanción por lo que, luego de los apercibimientos para respetar la paridad de género, al incumplir con este rubro los partidos políticos pueden perder el registro de todos sus candidatos.

Asimismo, la propuesta de desechar alguno de los medios de defensa que sean presentados luego de los comicios de julio de 2018 deberán ser sometidos a consideración del Pleno del Tribunal Electoral local por lo que el magistrado ponente no podrá desecharlos por cuenta propia.

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