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Un juez federal declaró inconstitucional la prohibición para que los adolescentes en Puebla puedan contraer matrimonio.

El juez Sexto de Distrito en materia de Amparo Civil, Administrativa, de Trabajo y juicios federales en ese estado consideró que los artículos del Código Civil de la entidad vulneran los derechos de libre desarrollo de la personalidad, de la dignidad humana, de protección a la familia, igualdad y no discriminación.

“La prohibición absoluta contemplada en los referidos artículos no da lugar a que un adolescente con suficiente conocimiento y madurez pueda tomar una decisión sobre su estado civil si así lo decide libre y voluntariamente como parte de su proyecto de vida en ejercicio de su autodeterminación”, indica el fallo.

Por ello concedió un amparo a una menor de edad para que el Registro Civil de Puebla le autorice contraer matrimonio con su pareja, con la que vive desde hace dos años y con quien tiene una hija.

La declaración de inconstitucionalidad emitida por el juez federal no tiene efectos generales, sino que únicamente beneficia a la quejosa.

En consecuencia, cuando otro adolescente en Puebla pretenda contraer matrimonio no estará exento de que las autoridades se lo impidan porque así lo establece la ley actual.

“Siempre que un adolescente pretenda contraer matrimonio, la autoridad administrativa jurisdiccional debe recurrir al mecanismo legal que lo estime idóneo en cada caso”, subrayó el juez.

“Para el ejercicio de tal derecho se requeriría la participación de los padres del adolescente o algún representante a través de un procedimiento que garantice simultáneamente tanto la protección al menor como el acceso a tal derecho”, señaló.

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