La Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) debe entregar de inmediato al Instituto Nacional Electoral (INE) toda la información que éste solicite sobre el caso del dinero que recibió Pío López Obrador de parte de David León para un presunto financiamiento ilícito a Morena.

Así lo determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), luego de que el INE impugnara que la fiscalía le ha negado la información.

El proyecto original proponía dar la razón a la FEDE; sin embargo, en votación dividida se aprobó que el INE debe contar con la información.

En varias ocasiones el INE ha exhibido que desde distintas autoridades se le ha negado la información requerida para dar continuidad a la investigacion que se lleva en contra del hermano del Presidente, por denuncias que presentó el PAN ante la autoridad administrativa electoral.

Por mayoría de votos, la Sala Superior del TEPJF determinó ordenar al agente del Ministerio Público de la Federación, adscrito a la FEDE de la Fiscalía General de la República (FGR), la entrega de documentación correspondiente a una carpeta de investigación a su cargo.

El INE, a través la Unidad Técnica de Fiscalización, solicitó copia simple de una carpeta de investigación, ya que estimó que la información es necesaria para la sustanciación de diversos procedimientos en materia de fiscalización.

La Dirección General de Asuntos Jurídicos y el agente del Ministerio Público de la Federación de la FEDE negaron copia de la documentación, por lo que el secretario Ejecutivo del Consejo General del INE promovió dos juicios electorales.

El proyecto, presentado por la magistrada Mónica Soto, consideró que el tema no era electoral, sino penal.

Ello fue rechazado por los votos de la magistrada Janine Otálora Malassis y de los magistrados Felipe Fuentes Alfredo Barrera, Reyes Rodríguez Mondragón.

El magistrado José Luis Vargas Valdez también rechazó el proyecto, aunque consideró que sí era procedente el juicio y estimó que el secreto ministerial sí es oponible en el caso concreto.

La magistrada Otálora y los magistrados Felipe Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón determinaron que el secreto ministerial no es oponible a las facultades fiscalizadoras del INE.

Citaron, incluso, un criterio recogido en una tesis dictada por el TEPJF.

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