Por sexta ocasión y debido a que la contingencia por el Covid-19 impide el regreso al trabajo cotidiano, el Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECM) acordó ampliar la suspensión de actividades jurisdiccionales y administrativas presenciales al 2 de agosto próximo.

Reiteró el organismo que durante este periodo no correrán plazos procesales, salvo para atender asuntos urgentes; es decir, aquellos relacionados con los medios de impugnación vinculados con los Procesos Electorales y de Participación Ciudadana, así como los Procedimientos Especiales Sancionadores.

Lo mismo que con relación a términos perentorios o bien, que pudieran generar la posibilidad de un daño irreparable, sí como tampoco podrán celebrarse audiencias programadas o el desahogo de diligencia alguna.

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Aclaró el TECM que para la atención de dichos asuntos, habilita los días y horas que resulten necesarios, con el fin de realizar las actividades a distancia en el periodo antes referido.

Insistió que todas estas acciones son con base en las medidas sanitarias señaladas en el Protocolo de Protección a la Salud (SARS-CoV2) Reincorporación de actividades de este Órgano Jurisdiccional, para aprovechar el uso de instrumentos tecnológicos, de acuerdo con lo siguiente:

Recepción de manera electrónica en Oficialía de Partes mediante el sitio web del Tribunal en el apartado “Oficialía de Partes”, en términos de los Lineamientos para el uso de tecnologías de la información en la presentación y trámite de medios de impugnación, Procedimiento Especial Sancionador y/o promociones en el TECDMX.

Notificación por correo electrónico, donde las partes involucradas en los medios de impugnación, Procedimientos Especiales Sancionadores y/o promociones, podrán solicitar a este Órgano sean notificados a través de correo electrónico, mediante escrito en el que den a conocer el juicio en del que sean parte, el correo electrónico en el cual establezcan que se les notifique y su firma autógrafa.

De conformidad con los Lineamientos para videoconferencias, durante la celebración de Sesiones a Distancia y con el Acuerdo 014/2020, el Pleno podrá llevar a cabo reuniones privadas y sesiones públicas de resolución a distancia.

Insistió que las actividades presenciales las reanudará de acuerdo con las directrices emitidas por las autoridades sanitarias, tanto a nivel federal como de la Ciudad, salvo que la evolución de la referida emergencia sanitaria no lo permita, en cuyo caso el Pleno de este organismo emitirá el Acuerdo correspondiente.

shgm

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