Cuando en 2013 discutíamos la reforma al articulo sexto de la Constitución para fortalecer el régimen de transparencia y acceso a la información pública, los expertos plantearon que, sin una buena ley de archivos, este derecho seguiría siendo una quimera. ¿Por qué? Porque los archivos entendidos como los documentos físicos o electrónicos que genera día a día la administración pública son la base del derecho de acceso a la información.

Sin archivos no hay información. De hecho, la razón más aludida por las autoridades para negar información a los ciudadanos hasta ese momento era la de la “inexistencia”, es decir, se argumentaba que la información simplemente no existía. Esto se corrigió en la ley estableciendo el deber de los sujetos obligados a documentar todos los actos que realicen para el cumplimiento de sus funciones, so pena de sanción. Pero no se trata sólo de generar los documentos, sino de organizarlos, valorarlos y preservarlos a través de políticas de gestión documental que ayuden al ejercicio de los derechos humanos que tutelan las tres leyes derivadas de la reforma constitucional: El derecho de acceso a la información pública de los ciudadanos, el derecho a la privacidad de las personas y el derecho a la memoria y a la verdad de la sociedad. Este es el reto mayor de la nueva ley general de archivos.

Para ello, la ley debe determinar las bases de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Archivos como un mecanismo para consolidar la administración homogénea de los archivos en todo el país, así como garantizar que los archivos históricos sean considerados fuente de acceso público y, en consecuencia, estén al alcance de todos. Debe establecer un plazo máximo para que los archivos permanezcan en los llamados archivos de concentración y que los actuales documentos históricos no puedan dejar ser considerados como tales. También es indispensable garantizar que los lineamientos para el manejo de los archivos sean estrictamente técnicos y estén blindados de criterios políticos.

La iniciativa de ley general de archivos, presentada recientemente y que será discutida en comisiones a partir de febrero próximo, contiene elementos valiosos que merecen ser incluidos, como la obligación de conservar y preservar los archivos relativos a violaciones graves de derechos humanos y garantizar el acceso a los mismos; el establecimiento de medidas que buscan profesionalizar al personal responsable de los archivos y otorgarles el lugar que les corresponde en el organigrama de los entes públicos a fin de que su tarea no sólo sea reconocida y valorada, sino que las directrices que emitan sean cumplidas; y el establecimiento de infracciones por impedir u obstaculizar la consulta de documentos sin causa justificada, entre otros.

La definición más relevante sobre el futuro de los archivos está por tomarse. Se trata de si les damos alas y fuerza a las instituciones responsables de éstos para que, como hicimos con el entonces IFAI, ahora un órgano constitucional autónomo con poder nacional o como hicimos al fortalecer a las instituciones responsables del combate a la corrupción, el Archivo General de la Nación (AGN) y sus homólogos en los estados puedan dar el paso hacia una mayor autonomía. Algunos sostienen que el AGN no tiene la capacidad de andar por sí solo y que antes debe pasar por un proceso de fortalecimiento, y hay quienes creemos que el AGN podría, con las herramientas establecidas en la ley, transformarse inmediatamente en un organismo independiente dejando la tutela de la Secretaría de Gobernación o que ese proceso debería tener un plazo definido lo más corto posible.

De permanecer el AGN como un órgano dependiente de una secretaría, convendría que lo fuera de otra distinta a la de Gobernación, tal como sucede en muchos países donde, a medida que sus democracias han evolucionado, sus archivos han pasado de los ministerios del interior a otros como los de educación, cultura o, incluso, a las oficinas de los jefes de gobierno. En nuestro caso, debe considerarse que la reforma que se discute es más una reforma relativa a la administración pública que una que se circunscriba a los archivos históricos. Estas definiciones son cruciales porque de ellas depende el ritmo y la solidez de la construcción de una de las políticas más importantes para nuestra vida democrática que es, a la vez, una de las más atrasadas. El tiempo apremia.

Senadora del PAN

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