El recurso fácil de los políticos para presumir que están combatiendo con dureza un delito es tipificarlo como “grave” en la legislación. La medida no requiere más que levantar la mano en una reunión. Que eso funcione es otra cosa. Cada que un crimen se ha desbordado la reacción de incrementar las penas ha sido inmediata; sucedió con la extorsión telefónica, con el robo de combustibles y se ha propuesto en situaciones tan absurdas como el robo de tapas de coladeras.

Parte de los avances de la reforma constitucional en materia penal es la publicación de un código federal que limita que en cada región del país los gobernantes propongan tipificar como delito grave cualquier ocurrencia. Todo parte de un nuevo principio: la prisión preventiva sólo será aplicada a ciertos crímenes, lo cual tendrá como beneficio que no se saturarán más los centros penitenciarios, ni se castigará con extrema dureza a quienes transgreden la norma por situación de pobreza o marginación. Poner en una misma canasta a secuestradores y a sustractores de comida en supermercados siempre fue absurdo.

En defensa del nuevo principio constitucional, la Suprema Corte admitió analizar dos procedimientos que impugnan cuatro artículos de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos que, a juicio de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, son contrarias a la presunción de inocencia, la seguridad jurídica y el acceso a la información que prevé la Carta Magna.

La norma busca prisión preventiva para todas las personas acusadas de cometer delitos relacionados con el robo, transporte, venta y extracción de combustibles, una medida que a partir de la reforma penal sólo puede aplicarse a narcotráfico, lavado de dinero, delincuencia organizada y secuestro.

A primera vista pudiera parecer un agravio al intento de combatir el creciente problema del robo a Pemex. Tan sólo en 2014 la empresa perdió 7.5 millones de barriles de petróleo. Además, la inversión en seguridad se ha incrementado cientos de millones de pesos cada año.

Sin embargo, cabe preguntarse si la ley distingue claramente entre un integrante del crimen organizado que sabotea de forma sistemática la infraestructura de Pemex y un poblador que, para complementar sus bajos ingresos, realiza actos de rapiña esporádica a pipas o ductos.

Para la gente es difícil entender por qué la prisión preventiva no se aplica en todos los casos, hasta que ellos mismos o uno de sus familiares pierde años de su vida en la cárcel sólo porque se sospecha, sin pruebas, que son culpables. Uno de los primeros exámenes de la reforma penal está en la Corte.

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