En el articulo publicado  el día  martes 26 de abril  señala que el debido proceso requiere de reglas estables que todo el mundo conozca  anticipadamente para saber como deben de actuar las instituciones y garantizar los derechos de todos:  sin embargo eso no es lo que usted ha promovido  en la   primera sala de la Suprema Corte de Justicia  .Señor Ministro  le pregunto si usted cree en la Justicia  cuando el articulo 20 Constitucional señala claramente cuáles son los objetivos del proceso penal: proteger al inocente , procurar que el culpable  no quede impune y que los daños  causados por el delito se reparen y como consecuencia inhibir el delito.

Con la aplicación retroactiva de la jurisprudencia al nuevo modelo acusatorio desde el proceso mixto, las tesis que usted ha emitido, tienen un efecto catastrófico en los derechos de las víctimas usando como excusa el “debido proceso”.

En las clases de derecho en el ITAM, que usted imparte,  dice  a sus alumnos que la Constitución dice lo que los ministros quieren, se puede interpretar como desprecio  al Constituyente Permanente y pasar por alto también el articulo  40  que indica  que el poder soberano es del pueblo  y lo ejerce mediante los Poderes de la Unión.

Es por esto  que contrariamente a lo afirmado en su articulo, usted no ha establecido reglas para el futuro, sino ha aplicado retroactivamente reglas que no estaban en la Constitución.

Los debates a los que hace referencia en su texto sobre el debido proceso , como lo que ocurrió en  Nuevo León donde liberaron a los miembros de la delincuencia organizada que secuestraron y asesinaron al ciudadano Damián González del Rio  de San Pedro Garza García,  se dan por que la carga impuesta a la acusación es exorbitante, ya que el Ministerio Publico ¿Cómo podía haber sabido  que mucho tiempo después la Suprema Corte prohibiría lo que la legislación local permitía expresamente? Y esto contrario al texto expreso de la Constitución.. Los únicos que han pagado por esa reinterpretación retroactiva son las víctimas del delito que ahora ven a los secuestradores y homicidas de su familiar en la calle y con posibilidades de ser indemnizados por supuestas violaciones a los derechos humanos.

Ministro Cossío usted emitió la jurisprudencia que señala que la persona de confianza no podía estar en las diligencias de investigación a pesar de que el texto constitucional hoy vigente sigue permitiendo la asistencia  de persona de confianza. Es evidente que cumple con lo que señala a sus alumnos, la Constitución dice en su jurisprudencia lo que usted quiere que diga. La consecuencia es que  han sido anuladas resoluciones judiciales liberando a personas condenadas, sin que se haya demostrado que fueron  intimidadas, coaccionadas o torturadas  para confesar .  De nuevo la única afectada ha sido la víctima del delito y la sociedad que vive en peligro y con miedo.

En la  jurisprudencia contraria al texto de la Constitución, usted ha puesto una carga exagerada  para las victimas y los fiscales, como  cuando usted voto en la jurisprudencia en el caso al que se referiría Nelson Vargas,  en la cámara de Gesell estuviera presente el abogado a la hora de hacerse la identificación.  Dígame usted señor Ministro. porqué ha impuesto esas cargas  hacia el pasado y contrario a lo afirmado en su articulo  publicado en este periódico.

Es evidente,  señor ministro como estudioso del derecho, conoce la jurisprudencia de la Suprema Corte  norteamericana y del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos  ya que en esos lugares hay reglas especificas para la aplicación retroactiva de la jurisprudencia y no se da manera   generalizado.

Por que si como dice en su articulo , se trata de mejor la actuación de los policías y ministerio  públicos,  usted sabe bien que el pasado no se puede cambiar y que el fin didáctico que la jurisprudencia norteamericana señala  a la regla de exclusión probatoria, se justifica de esa manera, porque hay otros bienes como el de la seguridad publica y los derechos de las víctimas que también el ordenamiento constitucional  y de los derechos humanos deben proteger.

Sr Ministro, con esto le digo que usted no ha sabido interpretar correctamente lo que nuestra  Constitución señala en materia de derechos humanos.

El gran reto histórico que ha tenido para adecuar el cambio del modelo procesal acusatorio, manteniendo la obligación de llegar a la verdad y obtener justicia a las victimas que, como sabe,  tenemos  derecho a la Verdad y a la Justicia.

Por ultimo le digo, señor Ministro, usted forma parte del estado al cual critica y comparto su critica, en la incapacidad de proteger a los gobernados, si usted creyera en el debido proceso no ignoraría a las víctimas del delito, sus derechos humanos y jurídicos, las cuales hoy con las malas resoluciones apegadas a tecnicismos les es denegada la  justicia. Las víctimas del delito exigimos justicia y debido proceso también para nosotros no únicamente para los inculpados no aceptamos una justicia “tuerta".

Presidenta de la organización Alto al Secuestro

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