Ante el clamor de diversos actores políticos y sociales, entre ellos organizaciones de la sociedad civil, académicos, líderes de opinión y cámaras empresariales, el pasado 29 de noviembre, el presidente Enrique Peña Nieto presentó una iniciativa ante el Congreso de la Unión para modificar la reforma constitucional de febrero de 2014, y de esa manera evitar que el titular en turno de la Procuraduría General de la República se convirtiera de forma automática en el primer Fiscal General del país.

Esto ocurrió a raíz de la ratificación por parte del Senado de la República de Raúl Cervantes como nuevo Procurador General, en sustitución de Arely Gómez, quien ahora encabeza la Secretaría de la Función Pública, dependencia clave en la conformación del nuevo Sistema Nacional Anticorrupción.

Los ciudadanos y organizaciones que objetaron el nombramiento de Cervantes argumentaban que, en esta ocasión, no hubo un proceso deliberativo claro y transparente por parte del Senado que llevó a la ratificación en fast track del mencionado funcionario el pasado 26 de octubre. Exigieron a esta Cámara que cumpliera su papel de contrapeso del Ejecutivo y que se comprometiera a gestionar la iniciativa por la que se modificara el artículo transitorio de la reforma constitucional que prevé que el Procurador tenga un pase automático al cargo de Fiscal General de la República.

Pero … ¿Qué es lo que está en juego?

La reforma constitucional de 2014 estableció que la Procuraduría se transformaría en Fiscalía General de la Nación como un órgano constitucional autónomo. Sin embargo, a pesar de que la autonomía de la Fiscalía General es un elemento sustantivo en la reforma constitucional, no existe un patrón o modelo de autonomía al que deba (o pueda) ajustarse el proyecto de Ley que dé vida a la Fiscalía.

La reforma establece que:

Artículo 102.

A. El Ministerio Público se organizará en una Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propios.

Para ser Fiscal General de la República se requiere: ser ciudadano mexicano por nacimiento; tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación; contar, con antigüedad mínima de diez años, con título profesional de licenciado en derecho; gozar de buena reputación, y no haber sido condenado por delito doloso.

El Fiscal General durará en su encargo nueve años, y será designado y removido conforme a lo siguiente:

Y establece un proceso en el cual el Senado debe integrar una lista de al menos 10 candidatos al cargo, de la cual el Ejecutivo debe formular una terna y el Senado hacer la designación correspondiente. El problema, es que en los transitorios de la citada reforma se establece que:

DÉCIMO SEXTO.- Las adiciones, reformas y derogaciones que se hacen a los artículos ... 102, Apartado A; … entrarán en vigor en la misma fecha en que lo hagan las normas secundarias que expida el Congreso de la Unión necesarias por virtud de las adiciones, reformas y derogaciones a que se refiere el presente Transitorio, siempre que se haga por el propio Congreso la declaratoria expresa de entrada en vigor de la autonomía constitucional de la Fiscalía General de la República.

El Procurador General de la República que se encuentre en funciones al momento de expedirse la declaratoria a que se refiere el párrafo anterior, quedará designado por virtud de este Decreto Fiscal General de la República por el tiempo que establece el artículo 102, Apartado A, de esta Constitución, sin perjuicio del procedimiento de remoción previsto en la fracción IV de dicho artículo.

Lo que significaba que el Procurador en funciones se convertiría automáticamente en Fiscal al momento de expedirse la legislación secundaria, por un periodo de nueve años, pudiendo ser removido sólo por el Ejecutivo Federal y por las causas graves establecidas en la Ley.

Ante esta perspectiva, es que diversos actores sociales objetaron la ratificación casi inmediata del Procurador actual, pues vista la legislación existente, era muy probable que éste ocupara la Fiscalía General sin haber pasado por un proceso de designación abierto, plural y transparente.

Fue así que el Presidente decidió presentar una iniciativa que impidiera este pase automático. La propuesta prevé que una vez que se declare el inicio de vigencia de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, corresponderá al Senado iniciar el procedimiento de designación del nuevo Fiscal, conforme al procedimiento previsto en la Constitución y que el Procurador en funciones sólo continuará en el cargo mientras se nombra al Fiscal General de la República.

Creemos que es positivo que el Ejecutivo Federal haya reaccionado a las exigencias de la sociedad civil para reformar este pase automático. Esperemos ahora que tanto legisladores como funcionarios se tomen en serio la urgente necesidad de transformar a una institución que ha sido caracterizada por la desconfianza que la ciudadanía tiene hacia ella y que ostenta la fundamental tarea de procurar esa justicia que los mexicanos vemos cada vez más lejana.

En el Observatorio Nacional Ciudadano permaneceremos vigilantes y, en este sentido, exigimos al Senado un compromiso puntual para realizar un proceso transparente con participación ciudadana, deliberación pública y con el tiempo suficiente que permita la selección de del mejor perfil para ocupar el cargo desde el cual se deberá crear una nueva institución verdaderamente autónoma e independiente para la procuración de justicia.

Mariana Cendejas

Directora de Transparencia y Rendición de Cuentas

Observatorio Nacional Ciudadano

@MarianaCendejas  @ObsNalCiudadano

Diario Oficial de la Federación de 10 de febrero de 2014.

Ídem.

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