*Edgar Rogelio Estrada Ruiz

El 30 de junio pasado, el Congreso del Estado de Oaxaca emitió un decreto mediante el cual se reforman varias disposiciones de la Constitución Local, entre ellas, las relativas al órgano garante en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, órgano constitucional autónomo que tiene entre sus características conocer, a nivel local, los asuntos relacionados con el Derecho de Acceso a la Información Pública (DAIP) y el de Protección de Datos Personales (DPDP) en posesión de cualquier autoridad, así como de las personas que reciban o ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad en el ámbito estatal; y la promoción de la cultura de la transparencia y el acceso a la información pública.

La reforma no solo considera el cambio de denominación de dicho órgano constitucional estatal, de Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales  (Cotaipo, por sus siglas), a Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca, sino, además, la renovación de los Comisionados que habrán de integrar su Consejo General, así como de quienes habrán de conformar el Consejo Consultivo Ciudadano de dicho Instituto.

En ambos casos, el texto constitucional establece de manera categórica que la decisión en su designación por parte de las diputadas y los diputados, debe estar orientada y motivada por la idoneidad, la experiencia y la honorabilidad, observando asimismo los principios de pluralidad, paridad de género, independencia, profesionalismo y no discriminación.

A pesar de estos elementos, la reforma también prevé que el nombramiento efectuado por el Congreso, podrá ser objetado por el Gobernador del Estado y en caso de no hacerlo, dentro de los diez días posteriores de dicha designación, los Comisionados entrarán en funciones; medida que, a pesar de estar diseñada bajo la teoría de los pesos y contrapesos que es necesaria entre órganos y poderes del Estado, puede representar un retroceso en el ya de por sí complejo proceso valoración y cabildeo de las propuestas y las candidaturas ciudadanas.

Las y los aspirantes registrados en el proceso de designación suman 39 candidaturas, (12 mujeres y 27 hombres, entre quienes se encuentran los tres Comisionados en funciones), y representan un ejemplo de participación ciudadana para integrar uno de los órganos más importantes del Estado, con base en amplias experiencias y trayectorias en materia de transparencia, gobierno abierto, acceso a la información pública, protección de datos personales, rendición de cuentas,  administración pública, derecho de las audiencias y libertad de expresión, por citar solo algunas; candidatas y candidatos que han realizado la entrevista correspondiente ante las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión Permanente Instructora de la Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso del Estado; y que habrán de conformar las ternas que serán sometidas al Pleno de la Cámara de Diputados local, para que, por la votación de cuando menos dos terceras partes de los representantes populares presentes en la sesión respectiva, sean designados Comisionados y Consejeros, y se les tome la protesta correspondiente.

La trascendencia de la renovación del Consejo General, así como del Consejo Consultivo Ciudadano, reviste una importancia que permitirá en los meses por venir, conocer los aciertos de la designación efectuada por el Poder Legislativo oaxaqueño; sobre todo por la poca apertura y publicidad del proceso, ceñida a solamente a dos días de publicidad de la convocatoria y una casi inmediata agenda de entrevistas; nula consideración a instituciones académicas para acompañar el proceso de evaluación sobre los conocimientos y experiencia; la falta de voluntad para hacer públicas las comparecencias, y la inexistente publicidad de hojas de vida que permitieran conocer las trayectorias, experiencia y preparación académica de las y los aspirantes.

Otra información relevante que abona a la legitimación de procesos como éste, son la amplia difusión del instrumento de evaluación para las y los candidatos; los perfiles y parámetros de calificación que sustentarán la formulación de ternas y posterior designación; y la justificación técnica de cada uno de los integrantes de las Comisiones, al momento de dictaminar. Más aún: las y los Diputados deben asumir un compromiso con la transparencia, haciendo públicas –de puertas abiertas- las reuniones de deliberación y dictaminación sobre los mejores perfiles, y desde luego, la votación del Pleno, para conocer las razones o motivaciones para votar por determinada terna (incluso, la justificación de aquellos que no estuvieren presentes).

Una vez efectuada la designación, entre los retos y pendientes que las y los nuevos Comisionados del Consejo General tendrán que atender al asumir el cargo, destaca la coordinación de los trabajos para recibir a la Comisión integrada por Senadores de la República y Comisionados del Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI) que visitarán nuestro Estado en el marco de la “Gira por la Transparencia”, con la finalidad de promover y dar a conocer el contenido y alcances de la recientemente aprobada Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; de cuyo resultado podrá contarse con elementos suficientes para armonizar los contenidos de la Ley de Transparencia local a los principios y bases contenidos en la Constitución federal y de la propia ley general.

Además, será necesario generar nuevas relaciones entre los titulares de todos los Sujetos Obligados en el Estado, tanto del sector público como del privado, con la finalidad de coadyuvar en el conocimiento del DAIP y al cumplimiento de las obligaciones a su cargo previstas en la Ley General y la Ley para el Estado, no solo con la finalidad de mejorar el grado de cumplimiento de sus disposiciones a la luz de la reciente evaluación practicada  (Métrica por la Transparencia 2014) por el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), auspiciada por la hasta entonces Conferencia Mexicana de Acceso a la Información Pública (COMAIP); sino para cumplir con el deber de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

El Consejo Consultivo Ciudadano, por su parte, tendrá una nueva oportunidad para constituirse en un facilitador del diálogo entre el Consejo General y la población en su conjunto, llevando a cabo las gestiones y acciones pertinentes para la colaboración, participación, asesoría especializada, consulta y enlace ciudadano; de sumar otras iniciativas y esfuerzos individuales y colectivos que permitan una mayor incidencia en la sociedad en general.

Aunado a lo anterior, un reto de verdadera práctica republicana, será permitir (así lo deseamos) que el plazo para el que sean designados tanto las y los Comisionados, así como las y los Consejeros Ciudadanos, se cumplan cabalmente, pues baste recordar que ninguna de las personas cuyas designaciones se efectuaron en los procesos de 2008 y 2012, han concluido los periodos para los cuales fueron electos.

Como se puede apreciar, lo que está en juego en Oaxaca, al igual como sucede en otras Entidades Federativas de nuestro país que están en proceso de renovar sus órganos garantes en estas materias (Sinaloa, por ejemplo), no solo es la consolidación de una institución primordial de nuestro Estado, sino de dos derechos fundamentales que aún están por mostrar sus verdaderos alcances en beneficio de una sociedad más equitativa, con una amplia necesidad democrática.


*Sobre el autor:

Edgar Rogelio Estrada Ruiz, es Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca y egresado del posgrado en Derecho Constitucional. Cuenta con estudios especializados y experiencia profesional en Administración Pública, Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales, Rendición de Cuentas y Responsabilidad Oficial.

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