Un tribunal federal de última instancia confirmó la vigencia del protocolo de seguridad que la Comisión Nacional de Seguridad (CNS) aplica para vigilar a Joaquín “El Chapo” Guzmán por ser un reo de alta peligrosidad, con el argumento de que su implementación obedece al interés general de la sociedad.

Al resolver un recurso de queja, el Tercer Tribunal Colegiado del Estado de México, con sede en Toluca, concluyó que suspender la aplicación del protocolo de seguridad que incluye videovigilancia a las actividades del capo las 24 horas del día sería contrario al interés de la sociedad, debido a los antecedentes de fuga que tiene Guzmán Loera y a que la legalidad de las medidas que prevé dicho protocolo es un asunto que se resolverá en el fondo del juicio de amparo.

El abogado José Refugio Rodríguez explicó que la resolución judicial respeta las suspensiones de plano que había otorgado un juez de amparo para que se le proporcione atención médica a su cliente, así como para que se le permita convivir con otros internos y para que se respete su derecho a sostener entrevistas de hasta una hora y media con sus abogados.

El litigante reconoció que en las suspensiones concedidas a su cliente no se habla de forma directa de que debe suspenderse el pase de lista cada cuatro horas que la autoridad penitenciaria le venía aplicando a "El Chapo" desde su recaptura el pasado mes de enero, pero sí de que se atiendan sus trastornos de sueño y de que se le permita dormir, destacando que este podría ser el origen de que la CNS optará por despertar a su cliente cada 6 horas en lugar de cada 4.

Dijo que a pesar de que el juez habla de que se atiendan los trastornos de sueño de Guzmán Loera, como abogado no está seguro de que la reacción de la autoridad penitenciaria para aumentar de 4 a 6 horas las horas de sueño de Joaquín "El Chapo" Guzmán, sea producto del amparo o de la presión mediática que han ejercido la población para esclarecer este caso.

jram

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