Los cuatro policías ministeriales consignados ante un juez de control por parte de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) relacionados con el caso Tlatlaya quedaron libres bajo caución después de comparecer ante un juez de control, el cual en las próximas horas resolverá su situación jurídica.

El delito por el que se les acusa es el de "tortura". En la Ley para Prevenir y Sancionar la Tortura en el Estado de México, vigente en la entidad desde el año de 1994, está considerado como "no grave", ya que contempla una pena de entre tres y 12 años de prisión únicamente

Fuentes gubernamentales informaron que a los cuatro servidores públicos (de los cuales no se ha dado a conocer su nombre), se les fijaron medidas cautelares por cerca de 60 mil pesos, mismas que depositaron mediante una fianza y salieron este mismo jueves del penal estatal "Santiaguito" de Almoloya de Juárez, donde estuvieron retenidos solo por algunas horas.

De los siete policías ministeriales en contra de los cuales se solicitó la orden de aprehensión por parte de la representación social, el juez sólo la obsequio en el caso de estos cuatro, quienes ya están libres bajo fianza.

En el caso de los otros tres policías ministeriales (entre los cuales se encontraría una mujer, quien habría incurrido en abuso de autoridad), el juez de control del Poder Judicial de la entidad negó la orden de aprehensión.

Las medidas cautelares dictadas por el juez de control en contra de los cuatro policías ministeriales (adscritos a la Fiscalía de Asuntos Especiales de la PGJEM, de acuerdo a la Recomendación girada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos), consistieron en el pago de una fianza por 33 mil 500 pesos y 26 mil 500 pesos por el concepto de "obligaciones procesales".

Se espera que este mismo viernes el juez resuelva la situación jurídica de los tres policías ministeriales, a quienes determinará su sujeción a proceso de forma de definitiva o no. En caso de sujetarlos a juicio, podrán continuar en libertad.

La citada ley en su artículo 2, señala que incurre en delito de "tortura" el servidor público que incurra en "golpes, mutilaciones, quemaduras, dolor o sufrimiento físico o psíquico, coacción física, mental o moral, o prive de alimentos o agua o disminuya la capacidad física o mental, aunque no cause dolor o sufrimiento físico o psíquico, de cualquier persona" con el objeto de obtener una confesión o información; para castigarla por cualquier acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido; obtener placer para sí o para algún tercero o por cualquier otro fin que atente contra la seguridad del pasivo o de un tercero".

Según la Recomendación girada en este caso por la CNDH, los policías ministeriales de la PGJEM incurrieron en golpes con nudillos, cachetadas y ahogamientos (con bolsas y en el baño de la propia dependencia) en contra de las víctimas, además de que fueron amenazadas con ser violadas por uno de los agentes.

ml

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