El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenó a la Secretaría de Energía (Sener) entregar la versión pública e íntegra del estudio ambiental del Proyecto Hidroeléctrico Las Cruces sobre el río San Pedro, en Nayarit.

A propuesta del comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov, el pleno del Inai revocó las reservas de la información propuestas por el sujeto obligado, y le instruyó a que, en versión pública, proporcione datos que precisen las características e identificación de la infraestructura del proyecto.

En su respuesta, la dependencia declaró inexistente la información y que debía solicitarse a la Comisión Federal de Electricidad, lo que inconformó al solicitante que interpuso recurso de revisión ante el Inai.

En alegatos, el ciudadano dijo haber localizado dos estudios, uno de factibilidad técnica y otro de factibilidad ambiental del proyecto que en un inicio clasificó por 12 años, y posteriormente declaró reservadas partes de los documentos y elaboró versiones públicas de éstos.

La Sener fundamentó la clasificación en los artículos 13 fracción I y 14 fracciones II y VI de la Ley Federal de Transparencia, y el artículo 82 de la Ley de la Propiedad Industrial.

En la revisión de los estudios se identificó que la información clasificada es en torno a esquemas, plantas y cortes que no se relacionan con características e infraestructura de Las Cruces, y por ello no es correcta la motivación de la reserva.

El Inai determinó que la información no puede considerarse como secreto comercial o industrial, ya que el estudio de factibilidad se realiza en cumplimiento de una normatividad y define parámetros cualitativos y cuantitativos para desarrollar el proyecto, por lo que no da ventaja competitiva o económica, razón por la cual no es aplicable el artículo 14 fracción II y ni el artículo 82 de la Ley de la Propiedad Industrial.

El instituto desechó la reserva, ya que concluyó que la información no está relacionada directamente con opiniones dentro de un proceso deliberativo que lleve a cabo la Sener.

De igual forma, se determinó que la clasificación de información contenida en el estudio de factibilidad técnica no está debidamente motivada, pues no hace distinción entre qué datos son reservados y sus causales.

El pleno revocó la respuesta de la Sener y le instruyó a realizar versión pública del estudio técnico del Proyecto Hidroeléctrico, testando únicamente información de las características e identificación de la infraestructura del proyecto hidroeléctrico Las Cruces, y que entregue de manera íntegra el estudio ambiental. 

Google News

Noticias según tus intereses