La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó, con 23 votos a favor y uno en contra, el dictamen de la minuta que reforma la llamada Miscelánea Penal, la cual contempla cambios a 10 ordenamientos jurídicos a fin de fortalecer el nuevo Sistema de Justicia Penal mexicano.

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la instancia legislativa, Álvaro Ibarra Hinojosa (PRI), indicó que la finalidad de las modificaciones a la Miscelánea Penal es contar con instrumentos legales más claros y eficaces para una mejor justicia, más expedita y transparente.

En virtud de que es un ordenamiento de reciente expedición, su entrada en vigor en algunas entidades de la República permitió identificar que se requieren ajustes para su adecuada aplicación.

Dijo que resulta importante reformar los ordenamientos relacionados con el nuevo Sistema Acusatorio, a fin de robustecer de forma integral el Sistema de Justicia Penal, de cara a su entrada en vigor a nivel federal, que deberá ser a más tardar el 18 de junio de este año.

Subrayó que se buscó atender los ajustes necesarios y, para ello, se recogieron diversas propuestas que ayudaron a tener un mejor producto legislativo.

Al informar las principales reformas a los diversos ordenamientos, la Comisión de Justicia precisó que en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), se fomenta el empleo de la tecnología para atender los principios del Sistema Acusatorio y permitir el uso de medios electrónicos en aquellas actuaciones que lo requieran.

Se incluyó como prerrogativa de un detenido extranjero la decisión de que se le notifique o no a la autoridad consular de su país, con el requisito de que su manifestación deberá ser en presencia de su defensor.

Se precisó como facultad del imputado pedir, durante la formulación de imputación, alguna aclaración o precisión sobre los datos de prueba que tenga en su poder el Ministerio Público. Sin embargo, se aclara que esto no es una obligación.

Asimismo, se define de manera precisa el término y los supuestos de “comunicaciones privadas”, y se señala que, para todos esos casos, se requerirá autorización del órgano jurisdiccional competente.

El imputado y su defensor podrán ofrecer medios de prueba durante la ampliación del plazo constitucional, como se hacía, sólo que ahora será procedente, exclusivamente, en casos en que por la naturaleza del delito se justifique la imposición de prisión preventiva como medida cautelar.

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