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El grupo parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa para modernizar la justicia militar y armonizarla con el nuevo sistema de justicia penal, que busca crear una nueva Fiscalía General de Justicia Militar, así como se expide un nuevo Código Militar de Procedimientos Penales.

A través del presidente de la Comisión de Defensa, Virgilio Méndez Bazán, el tricolor busca reformas al Código de Justicia Militar para ajustar la estructura orgánica de los operadores del sistema de justicia penal militar y se deroga el procedimiento actual, se suprimen instituciones jurídicas como los Consejos de Guerra Ordinarios y Extraordinarios y se crean Juzgados Militares de Control y Tribunales Militares de Juicio Oral.

El integrante del grupo parlamentario del PRI, sostuvo que la reforma constitucional del 18 de junio de 2008 significó un cambio de paradigma en la procuración y administración de justicia con la introducción de juicios orales, garantías para las víctimas u ofendidos, el principio de presunción de inocencia y nuevos mecanismos de resolución y controversias.

En ese sentido, “el artículo segundo transitorio de la reforma constitucional mandata que el sistema procesal penal acusatorio debe entrar en vigor sin exceder un plazo de ocho años. Las reformas que se han mencionado conllevan el reto de modernizar la justicia militar, para armonizarla con el nuevo sistema de justicia penal”, afirmó Méndez Bazán.

Para el legislador, el objetivo de la modernización que plantea en el ámbito de la justicia militar es hacer más eficiente su procuración, de ahí la necesidad de actualizar el Código de Justicia Militar.

Explicó que la Procuraduría General de Justicia Militar pasará a ser la nueva Fiscalía General de Justicia Militar, encargada de encabezar al Ministerio Público. Se transforma el cuerpo de defensores de oficio, en defensoría de oficio militar, con lo que se garantiza la defensa técnica de calidad, los delitos de competencia del fuero militar. Se crea la Coordinación de Servicios Periciales y Ciencias Forenses, como un organismo imparcial que brindará servicios periciales, tanto al Ministerio Público como a la defensa, con lo que se materializa el principio constitucional de la igualdad de las partes.

“La reforma al Código de Justicia Militar no se explica sin la expedición de un nuevo Código Militar de Procedimientos Penales. El código que propongo consolida el tránsito al nuevo paradigma de la justicia penal. Con la nueva normatividad se fijan las reglas que habrán de observarse en la investigación, el procesamiento y la sanción de los delitos para establecer los hechos, proteger al inocente, procurar al culpable que no quede impune y que se repare el daño”, añadió el diputado federal.

Asimismo, se plantea que el proceso penal será acusatorio y oral, y en él se observarán los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. La participación de los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas será exclusivamente en el carácter de testigos. En el caso de los menores en calidad de testigos, se observarán las difusiones en materia de debido proceso contemplados en la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Las iniciativas propuestas por Méndez Bazán –turnadas a las comisiones de Defensa Nacional y de Presupuesto y Cuenta Pública– establecen que los órganos de impartición de justicia militar serán independientes en el ejercicio de sus funciones técnicas con respecto a las otras autoridades.

El Ministerio Público militar será la instancia responsable de conducir la investigación, coordinar las policías, resolver sobre el ejercicio de la acción penal y, en su caso, ordenar las diligencias pertinentes. Además, la Policía Militar Ministerial actuará bajo la conducción y mando del Ministerio Público.

Se delimitan las funciones de juez de control del Tribunal Militar de juicio oral y del Supremo Tribunal Militar, el código prevé sanciones alternas y formatos de terminación anticipada, así como el procedimiento ordinario, las etapas de investigación e intermedia del juicio y los medios de impugnación.

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