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Especialistas en derecho coincidieron en que se deben revisar los casos de procesados en el anterior sistema penal que consigan seguir sus procesos en libertad, puesto que esa acción no se puede dar en automático y no aplica para reos de alta peligrosidad.

Ariadna Salazar Quiñonez, profesora e investigadora del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe), dijo en entrevista con EL UNIVERSAL que “si revisamos la situación de las personas que están en prisión vamos a encontrar que hay quienes tienen problemas con las drogas o el alcohol, atrapados por la situación económica”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCNJ) determinó que los reos procesados conforme al sistema penal mixto pueden solicitar la revisión, modificación y sustitución de la prisión preventiva, lo que causó algunas reacciones.

Entre los que puede enfrentar su caso en libertad están los que cometieron delitos patrimoniales, fraude, abuso de confianza, homicidios imprudenciales, robo sin arma, entre otros. Pero si se logra comprobar que el inculpado puede escapar o utilizar su libertad para destruir pruebas o amenace al ofendido, entre otras cosas, no se concede ese privilegio, explicó Gerardo de la Cruz Tovar, presidente de la Academia de Derecho Penal de la Universidad Panamericana campus Guadalajara.

Para Pedro Hernández, académico de la Facultad de Derecho de la UNAM, una de las soluciones para no dejar salir de prisión a quien deba algún delito grave es desaparecer la lista de delitos y establecer un término medio aritmético de la pena; se pone un parámetro para todo el país.

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