La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) descartó imponer sanciones a la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) sección Colima, por realizar un encuentro privado con sólo dos de los aspirantes que buscaron la gubernatura en la elección extraordinaria del 17 de enero.

La supuesta irregularidad fue denunciada por el PRI, cuyo abanderado, Ignacio Peralta, no fue contemplado en el evento, pero los magistrados determinaron que éste no fue un debate formal organizado por la autoridad electoral, por lo que debe prevalecer la libertad de asociación.

En el encuentro privado con el empresariado participaron sólo los entonces candidatos a la gubernatura del estado de Colima del PAN, Jorge Luis Preciado, y de Movimiento Ciudadano, Leoncio Morán Sánchez.

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña refirió que quien organizó el encuentro fue la Confederación Patronal de la República Mexicana, pero fue con carácter privado, por lo que ese gremio no estaba obligado a invitar a todos los aspirantes al gobierno.

En este tipo de eventos de corte privado no se está obligado a invitar a todos los candidatos y prevalece el artículo nueve de la Constitución que establece el derecho para reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito y particularmente para formar parte o para tomar parte de los asuntos políticos del país.

Además la reunión no fue convocada por la autoridad electoral, dijo el magistrado presidente de la Sala, Clicerio Coello Garcés.

Cuando lo organiza la autoridad electoral aplica la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCNJ) y se tiene que invitar a todas las partes, quienes asistirán voluntariamente.

Esto es distinto, “se privilegia la liberta como un elemento importante del pluralismo político”.

Descartan sanciones a Preciado

Al abordar otro asunto, la Sala también rechazó que el entonces abanderado Preciado Rodríguez o su partido, el PAN, haya incurrido en irregularidades con la colocación de tres espectaculares que contenían, entre otros elementos, la frase “Ya ganamos, el cambio llegó”.

En este caso se denunció que ese lema , al estar exhibido durante el periodo de campañas pudiera confundir al electorado al dar la idea de que ese abanderado ganó la contienda electoral, lo que podría considerarse una noticia falsa y dolosa en torno al desarrollo de una jornada electoral.

Pero los magistrados determinaron que no hubo irregularidad  pues la leyenda es sólo propaganda electoral y no una noticia que pudiese confundir al electorado

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