El Juzgado Segundo de Distrito, radicado en Cancún, concedió una suspensión definitiva en el caso de “Malecón Tajamar”, para impedir la continuidad de obras en el polígono.

La mañana de hoy se desarrolló la audiencia incidental sobre la demanda de amparo 86/2016, en la que una ciudadana reclamó la protección ante hechos vinculados con el despliegue de la fuerza pública municipal, el 16 y 17 de enero pasado, para respaldar la devastación de manglares y demás cobertura vegetal en el polígono de 78.4 hectáreas.

También demandó el freno de remoción de esa vegetación de selva y manglares, así como la concreción del relleno de humedales, obteniendo del Juzgado Segundo, una suspensión provisional que impedía el reingreso de la maquinaria al sitio, para desarrollar actividades vinculadas con obras civiles.

Hoy se decidiría si el Juez Segundo, otorgaría o no la suspensión definitiva sobre estos actos, lo cual será publicado en estrados mañana.

Esta noche, en el Sistema Federal de Seguimiento de Expedientes del Poder Judicial de la Federación, aparece que fue negada una suspensión definitiva y concedida otra, sobre el mismo expediente.

Francisco Villarreal, uno de los abogados que dan seguimiento al caso, explicó que existen elementos para concluir que la suspensión negada se refiere a la intervención de la fuerza pública, toda vez que la policía dejó de custodiar el polígono desde la tarde del 17 de enero pasado.

Por el contrario, la suspensión definitiva que seguramente otorgó el juez Segundo, versa sobre el freno de actividades de remoción de vegetación o acciones vinculadas a obras civiles, faltantes, que aún se pueden detener antes de producir un daño irreparable.

“Esto tiene como antecedente el recurso de queja que perdió el Fonatur, sobre la suspensión provisional que otorgó precisamente el Juzgado Segundo. El recurso fue declarado como infundado y el expediente con todo el análisis debió haber sido enviado por el Tribunal Colegiado, al Juzgado Segundo.

“Esto quiere decir que el Juez Segundo ya sabe cual fue el criterio y razonamientos del Tribunal, que entre otras cosas privilegia el interés público sobre el privado, al garantizar el cumplimiento al derecho constitucional de un ambiente sano”, manifestó el litigante.

El 27 de enero, Fernando Cervantes Mondragón, en su calidad de delegado regional del Fonatur Mantenimiento Turístico, en Quintana Roo, interpuso un recurso de queja 23/ 2016, contra la suspensión provisional que concedió el Juzgado Segundo de Distrito, al considerar dicha medida como “ilegal”.

Entre sur argumentos, Fonatur reclamó que la demandante no acreditaba el “interés legítimo”, que ya había permisos expedidos para los desmontes de lotes, que la remoción de vegetación diversa ya se había realizado, por tanto eran “hechos consumados” e incluso que el Juez se “había excedido”, “en aras de respetar la protección del medio ambiente y los recursos naturales”.

El Tribunal declaró infundados todos los alegatos del Fonatur y la suspensión provisional prosiguió. Hoy se desarrolló la audiencia incidental para determinar si se daba o no la suspensión definitiva.

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