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La adquisición de la banda de 2.5 GHz de MVS por América Móvil, no impacta a la regulación de preponderancia, dijo Iván Ruiz Moreno, abogado experto en telecomunicaciones.

“La acumulación de frecuencias no es un elemento que se considera para el efecto de determinar preponderancia”, explicó el experto.

La regulación asimétrica que se aplica considera que la empresa será preponderante si tiene más de 50% de los usuarios, suscriptores, audiencias o redes, pero no contempla el espectro, recordó Ruiz Moreno.

“Se considerará agente económico preponderante, en razón de su participación nacional en la prestación de servicios de radiodifusión o telecomunicaciones, a cualquiera que cuente, directa o indirectamente, con participación nacional mayor al 50%, ya sea por número de usuarios, suscriptores, audiencia, tráfico en redes o capacidad utilizada”, señala la Constitución.

A pesar de que el espectro no forma parte de este supuesto, para Ruiz Moreno el regulador no debe aprobarlo.

“En todo caso me parecería muy grave que el IFT pudiera autorizar ese acuerdo”, señaló. Recordó que MVS tuvo mucho tiempo el espectro sin utilizar y ahora el acuerdo es vender espectro a Telcel.

“Me parece que de ningún modo la autoridad debe permitir eso”, dijo.

El hecho de que MVS tenga hasta el 31 de diciembre para usar la banda de 2.5 GHz, en caso de que no haya pedido prórroga, puede ser motivo por el que lo cederá a América Móvil.

“Y contribuye enormemente al dinero que puedan obtener de la cesión de derechos”, agregó.

Con la adquisición de los 60 MHz de la banda de 2.5 GHz de MVS, América Móvil va a tener 50.63% del espectro para servicios móviles en el país.

El lunes pasado, América Móvil informó de un acuerdo con MVS para adquirir su porción de espectro en la banda de 2.5 GHz, proceso pendiente de avalarse por el IFT.

El analista comentó que el instituto va a mantener la declaratoria de preponderancia sobre América Móvil.

Además enumeró retos que el regulador debe considerar en la evaluación de la regulación asimétrica del preponderante como no permitir América Móvil ofrezca el servicio de TV.

También se le debe prohibir la comercialización y suministro de contenidos audiovisuales y aplicaciones
que no puedan ser replicados por sus competidores, así como declarar
a DLA, empresa de la cual Claro Video es filial; como parte del Agente Económico Preponderante e imponerle medidas asimétricas.

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