Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) llevará al Sistema Interamericano de Derechos Humanos el juicio sobre el almacenamiento y acceso a los datos de los usuarios de telefonía móvil.

Este miércoles, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es legal almacenar por dos años y que las autoridades puedan acceder a los datos de los usuarios de telefonía celular, lo que significa que los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) son constitucionales.

Esta decisión es en respuesta de un amparo interpuesto por R3D donde solicitaban se declararan inconstitucionales dichos artículos y pedían la aclaración sobre las autoridades que tienen acceso a la información e los usuarios.

“En R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales lamentamos que la Segunda Sala de la SCJN haya decidido ignorar los precedentes y estándares internacionales y validar la retención masiva de datos y la vigilancia sin controles de manera contraria a las obligaciones internacionales de derechos humanos que posee el Estado Mexicano”, informó la organización en un comunicado.

tcm

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