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La delincuencia organizada y el lavado de dinero son la mayor amenaza para la seguridad pública y para la economía nacional, advirtió la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

De acuerdo con un documento de la dependencia, no sólo el narcotráfico mueve un importante volumen de fondos incuantificables, pues también detectaron otros delitos de menores riesgos pero más redituables como la extorsión, el cobro de derecho de piso, la corrupción y el robo de gasolinas y minerales.

“La delincuencia organizada representa la mayor amenaza para la seguridad pública y para la economía, por lo que constituye también una amenaza a la seguridad nacional del Estado mexicano, y en lo particular, lo es también a la realización de operaciones de lavado de dinero”, afirmó.

El documento forma parte de la primera Evaluación Nacional de Riesgos de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (ENR), que presentó la UIF ante el Grupo de Acción Financiera contra el Blanqueo de Capitales (GAFI), en la cual se reconoce que debido a las pocas sentencias condenatorias por recursos de procedencia ilícita, se está afectando la efectividad de la normatividad antilavado.

En el documento, firmado por el titular de la UIF, Alberto Bazbaz, y donde participaron la Secretaría de Gobernación, la Procuraduría General de la República, el Banco de México y el Poder Judicial de la Federación, se asegura que en México no hay terrorismo local y que los bancos, casas de bolsa y de cambio son las entidades del sector financiero de alto riesgo en materia de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, así como la compra-venta de vehículos, el mutuo préstamo y la transmisión de derechos sobre inmuebles.

Según la ENR, el narcotrá­fico es uno de los principales delitos precedentes al lavado de dinero.

Refiere que a lo largo del tiempo, los narcotrafi­cantes se han sectorizado (control de rutas, zona y región) y aglutinaron el control delictivo de la delincuencia local, acción que potencializó la diversifi­cación de la extorsión, secuestro, homicidio, contrabando, trata de personas, piratería comercial, robo de hidrocarburos y minerales, trá­fico de migrantes, órganos, joyas, arte, saqueo y venta de piezas arqueológicas, entre otros delitos.

No se da un monto del dinero que se mueven por estos ilícitos debido a la insuficiente evidencia empírica y variables imposibles de aislar.

Establece que es inexacto afirmar que los fondos ilícitos se lavan sólo a través del sistema financiero o en la economía, porque existen otras formas de blanqueo y transferencias.

“Se considera que dicho monto es lo suficientemente significativo como para ameritar que la prevención y combate al lavado de dinero sean una prioridad para el Estado mexicano. Por tal motivo, se considera que es alta la amenaza que representan los recursos ilícitos susceptibles de ser lavados en México generados dentro de la jurisdicción”, expuso.

Terrorismo. Para la UIF, el riesgo del terrorismo en México proviene de manera predominante de dinámicas externas. Hasta el momento no ha existido terrorismo doméstico.

Sin embargo, se plantea la posibilidad de que sea utilizado como plataforma operativa y financiera por la posición geográfi­ca, la porosidad fronteriza y la corrupción que permite la proliferación de redes criminales.

El terrorismo islamista es la mayor amenaza a la estabilidad global, no obstante, el separatista y revolucionario opera a nivel local, persisten en la intención de tejer redes de apoyo trasnacional, a partir de construir bases sociales en Latinoamérica y de apoyo internacional entre sus diásporas, respectivamente.

Efectividad en los procesos judiciales. Según la información analizada, de 2010 a 2014 del total de sujetos inculpados en las causas penales iniciadas por el delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, se han sentenciado condenatoriamente a 15% y absolutoriamente en 4% en promedio por año.

En ambos casos, se observa un decremento en el porcentaje de sentencias al pasar de 20% a 5% de 2010, a 2014 para las sentencias condenatorias, y de 3% a 1% en el mismo periodo para las absolutorias. En 12% de los casos se concluye el proceso penal por un medio distinto a la sentencia.

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