Cuando realizas un ahorro en instituciones de banca múltiple tu dinero está asegurado en caso de quiebra del banco por ejemplo, ya que el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), te protege.
El IPAB es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio siendo el encargado de administrar el sistema de protección al ahorro bancario a tu favor cuando realizas cualquier operación bancaria.
También garantiza los depósitos bancarios de pequeños y medianos ahorradores además de resolver, al menor costo posible, problemas de solvencia que pudiera enfrentar algún banco, contribuyendo así a la estabilidad del sistema bancario.
Al determinarse la liquidación o concurso mercantil de una institución, el IPAB paga las obligaciones garantizadas líquidas y exigibles a cargo de dicha institución siempre bajo los límites y condiciones previstas en la Ley de Protección al Ahorro Bancario y la Ley de Instituciones de Crédito, excepto aquellas que fueran objeto de la transferencia de activos y pasivos.
En tanto, se consideran obligaciones garantizadas los depósitos, préstamos y créditos como depósitos a la vista, tal es el caso de cuentes de cheques, cuentas de ahorro, depósitos a plazo o retirables con previo aviso, depósitos retirables en días preescritos o depósitos en cuenta corriente asociados a tarjetas de crédito.
En contraparte, la Ley de Protección al Ahorro Bancario establece que están excluidas del régimen de cobertura las obligaciones bancarias para sociedades que forman parte del grupo financiero al cual pertenece el banco, entidades financieras; accionistas, miembros del consejo de administración y funcionarios de los dos primeros niveles jerárquicos de la institución y apoderados.
Además, el IPAB no garantiza operaciones que no se hayan sujetado a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas; obligaciones bancarias apartadas de las sanas prácticas y usos bancarios al igual que pasivos documentados en títulos negociables y los emitidos al portador.
Recuerda que las inversiones en sociedades de inversión, aseguradoras, cajas de ahorro, sociedades de ahorro y préstamo, casas de bolsa o en los bancos de desarrollo, aunque sean ofrecidas en las sucursales bancarias, no cuentan con la protección del IPAB.
Para conocer cuáles son las instituciones de banca múltiple que operan en el país y los servicios que ofrecen visita http://www.ipab.org.mx/01acerca/01_05_instituciones.htm.
rcr