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Vigilarán cobros excesivos en Afores
Entran en vigor reformas a la Ley del Sistema de Ahorro para el retiro; habrá multas para los promotores que registren a un trabajador sin su consentimiento

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    Nuevas disposiciones para Afores   2009-01-21
    Redacción
    El Universal
    Ciudad de México Jueves 22 de enero de 2009

    Con la entrada en vigor de las reformas a la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro, la Consar podrá negar la autorización a las comisiones excesivas de las Afores y multará hasta con 500 días de salario a los promotores que traspasen de cuenta a los trabajadores sin su consentimiento.

    Conforme al Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) y que entra en vigor hoy, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) no autorizará aumentos de comisiones por arriba del promedio, definirá "la dispersión máxima permitida" entre la más baja y la más alta y emitirá recomendaciones a las Afore sobre el nivel de sus cobros.

    El ordenamiento prevé multas de 50 a 500 días de salario por cada cuenta individual al agente promotor que registre a un trabajador o solicite el traspaso sin su consentimiento, o cuando éste se obtenga mediante dolo, mala fe u otra conducta similar, mediante documentación falsa o la entrega de alguna contraprestación o beneficio.

    Además, se incrementa de dos a tres los estados de cuenta que como mínimo deberán enviar cada año las Afore a los trabajadores.

    Las Afores tendrán un plazo de 20 días hábiles para presentar sus comisiones ante la Junta de Gobierno de la Consar, la cual tendrá hasta el 30 de noviembre para autorizar o denegar las solicitudes que le presenten.

    Posteriormente y de acuerdo con los cambios a la legislación aprobados por el Congreso de la Unión, cada año, dentro de los primeros 10 días hábiles de noviembre las Afore presentarán para aprobación ante la Consar sus comisiones, para ser aplicadas en el año calendario siguiente.

    Otra de las medidas para promover un mayor rendimiento neto a favor de los trabajadores precisa que las comisiones por gestión de las cuentas individuales sólo podrán cobrarse como un porcentaje sobre el valor de los activos administrados.

    Antes de aplicar un incremento en sus comisiones la Afore deberá informarlo a los trabajadores, a fin de que estos puedan solicitar su traspaso a otra administradora si así lo desean.

    Con base en los datos de la cuenta individual del trabajador, la Afore deberá informarle en el estado de cuenta del segundo semestre del año el cálculo aproximado que le cobrará por concepto de comisiones durante el año calendario próximo.

    Prevé que en caso de minusvalías por situaciones extraordinarias del mercado la Afore que opere la sociedad de inversión deberá notificar el hecho a la Consar en un plazo de un día hábil, y así la Junta de Gobierno podrá ordenar de manera extraordinaria modificar el régimen de inversión autorizado y la recomposición de la cartera en riesgo.

    *Con información de Notimex

     
     

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