Las cadenas comerciales que después del 25 de agosto próximo no informen al consumidor cuál es el Costo Anual Total (CAT) de los créditos que otorgan, serán sancionadas por la Procuraduría Federal del Consumidor hasta por un millón de pesos.
El titular de la dependencia, Antonio Morales de la Peña, indica que los establecimientos tienen además hasta el próximo 23 de noviembre para registrar ajustes a su contrato de adhesión y estados de cuenta del crédito otorgado a sus clientes.
Por ello, destaca que de incumplir la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros se harán acreedores a multas que van de 105 mil pesos a 263 mil pesos; pero en el caso del CAT la multa puede llegar hasta un millón de pesos.
Una de las finalidades de la difusión del CAT es que el consumidor no llegue al sobreendeudamiento, "nos preocupa que nos endeudamos sin tener conocimiento pleno de los riesgos que lleva; que nos excedamos de nuestros ingresos y que se registren créditos impagables".
Las tiendas comerciales tienen como plazo máximo el 25 de agosto próximo para dar a conocer de manera transparente la información respecto a las condiciones en que otorgan el crédito.
Tal es el caso del CAT, los plazos del crédito y las diferentes opciones para cubrirlo, riesgos que asumen tanto al solicitar un crédito, como al caer en morosidad.
Cabe recordar que a partir del próximo mes la banca comercial deberá aumentar en 15% sus reservas para prevenir riesgos crediticios en tarjetas de crédito.
De acuerdo con el Banco de México, el CAT es el costo del financiamiento expresado en términos porcentuales anuales, que para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes a los créditos.
Morales de la Peña recuerda que desde el pasado 27 de mayo, Profeco publicó en el Diario Oficial de la Federación, las Disposiciones de Carácter General a que se refiere la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.
Ello, en materia de contratos de adhesión, publicidad, estados de cuenta y comprobantes de operación emitidos por las entidades comerciales.
Comenta que funcionarios de la dependencia se mantienen en contacto directo con proveedores para recordarles sobre el cumplimiento de la Ley que será "una herramienta útil a los consumidores para hacer compras inteligentes".
El titular de la Profeco reitera su preocupación por los indicios de sobreendeudamiento que registran familias mexicanas a través de sus tarjetas de crédito.
"Sí estamos muy preocupados en ello y estas nuevas disposiciones, en el fondo, es lo que se quiere: darle herramientas al consumidor para que esté muy consciente y sea realista" respecto al crédito que solicita y su capacidad de pago, puntualiza.
La utilidad del Costo Anual Total
La Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, expedida por el Congreso, reúne varias disposiciones enfocadas a atender los requerimientos de los usuarios de servicios financieros. Entre éstas se incluye lo relativo al uso del Costo Anual Total (CAT).
Cuando se requiere contratar algún plan de crédito es importante que el usuario defina antes de acudir a las instituciones (financieras o comerciales) qué es lo que necesita, cuál es el destino u objetivo del crédito, cuál es la cantidad que requiere y de cuánto dispone para pagar.
Según explica Marco Carrera, director de Estudios de Mercado de Condusef, ante la variedad de opciones y estrategias promocionales mediante las cuales se ofrece el crédito, es probable que el usuario acabe contratando un crédito que no necesariamente se ajuste a sus necesidades.
Ahora, cuando tienes definido qué es lo que se necesita en materia de crédito, es conveniente que acudas ante diversos oferentes para recabar información y estar en posibilidad de elegir aquella opción que más te convenga.
Es determinante hacer este análisis para saber si un crédito conviene o no, y para ello existe el Costo Anual Total (CAT). Esta cifra, o indicador expresado en términos de porcentaje (no confundirlo con la tasa de interés expresada también en términos porcentuales) refleja el costo total que implica hacer uso de determinado plan de crédito.
Por ello, ante opciones similares, es importante conocer cuál es el CAT correspondiente a cada una de ellas, según opina el funcionario.
De acuerdo con las recientes disposiciones legales aprobadas por el congreso es obligación de las entidades (financieras o comerciales) que ofrecen crédito, informar al público cuál es el CAT correspondiente a cada plan que ofrecen.
El concepto de CAT aplica para la variedad de créditos que se ofrecen en México, no sólo el hipotecario sino también las tarjetas de crédito, los créditos para auto u otros tipos.
* Con información de Notimex y Condusef