En la ciudad de México, el hecho de abordar cualquier transporte público es tan cotidiano que pocas veces nos ponemos a pensar sobre si sufriremos algún percance. Mucho menos meditamos si contamos con alguna protección para esos casos.
Por desgracia los accidentes suceden, y se podría decir que aún más en el Distrito Federal donde el tráfico y la prisa de los capitalinos son ya parte del mosaico metropolitano.
Por ello, prestadores de servicios de transporte tal como taxistas o conductores de microbús tienen la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil para responder por los daños que pudieran ocasionar a sus usuarios.
Para aquellas personas que alternan el uso del automóvil con el uso del Metro, o bien son usuarios habituales de los colectivos, ELUNIVERSAL.com.mx presenta las características del llamado seguro implícito.
Metro
El Sistema de Transporte Colectivo en la Ciudad de México debe tener vigente un seguro de responsabilidad civil por daños y perjuicios que puedan causarse dentro de sus instalaciones, a los usuarios o a terceros.
Esta obligación se encuentra estipulada en el Reglamento para el Servicio de Transporte de Pasajeros en el Distrito Federal.
El seguro aplica en el caso de siniestro y tiene una cobertura para daños a terceros de los que el Metro sea legalmente responsable, según explica la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
También ampara la asistencia médica necesaria para el restablecimiento de las lesiones, pérdida de miembros, incapacidad parcial o temporal, incapacidad parcial o total permanente, daño moral, gastos funerarios e indemnización por muerte.
El monto de la indemnización será el que esté vigente en la Ley Federal del Trabajo. Sobre daños a las instalaciones el costo a cubrir también varía: hace dos años, GNP pagó al Metro 5 millones de dólares por un tren que descarriló en la estación Tepalcates.
Para que los viajeros hagan válido el seguro es necesario presentar por escrito una reclamación dirigida a la Coordinación de Administración de Riesgos, con una descripción de hechos, así como los documentos probatorios del accidente.
Tal escrito es turnado a la aseguradora de que se trate, quien por medio del ajustador designado hará las investigaciones correspondientes para determinar la procedencia o improcedencia, para el pago de la indemnización respectiva.
Para mayor información puedes visitar la Coordinación de Administración de Riesgo del Sistema de Transporte Colectivo, ubicada en la calle de Delicias No. 67, piso 3, colonia Centro.
Taxis
Según lo establecido en el Reglamento para el Servicio de Transporte Público de Taxi en el Distrito Federal, quienes ofrecen este servicio se encuentran también obligados a tener vigente un seguro de responsabilidad civil.
Tal póliza debe cubrir indemnización por muerte o lesiones a los pasajeros, así como reparación de daños a los usuarios y a terceros en su persona y patrimonio.
Cabe destacar que los concesionarios tienen la libertad de contratar estos seguros con la aseguradora de su preferencia.
Tal es el caso de Basurto Tello (dueño de un Volkswagen Sedan 1991) quien contrata los servicios de Banorte. En su caso, las primas a pagar son de 2 mil 149 pesos, con coberturas que abarcan 300 mil pesos por daños o bien 2 mil 500 salarios mínimos por lesiones o muerte del pasajero.
“Por ejemplo, si subo a una persona y de repente chocamos, el seguro le paga los gastos médicos, con límite de esos salarios, mas o menos hasta 117 mil pesos”, menciona.
En efecto, cuando al usuario le ocurra un accidente dentro del taxi, el conductor tiene la obligación de llamar a la aseguradora la cuál valorará si el seguro es procedente o no.
Microbuses
Cuando se hace uso de la coloquialmente llamada “pesera”, el conductor está obligado a tener vigente un seguro de responsabilidad civil por daños y perjuicios que puedan causarse, a los usuarios o a terceros.
Así como en el caso del Metro o los taxis, el chofer está obligado conforme a lo establecido en el Reglamento para el Servicio de Transporte de Pasajeros en el Distrito Federal.
El seguro actúa para el caso de que ocurra algún siniestro y tiene una cobertura amplia que incluye el pago de diversos gastos.
De esta manera, cubre gastos médicos mayores, de defunción, daños a terceros y responsabilidad civil que garantice como mínimo la indemnización por muerte o lesiones, así como la reparación de daños a los usuarios de este servicio.
Los pasajeros pueden hacer válido el seguro si presentan por escrito una reclamación ante el Sistema de Transporte Colectivo llevando un testigo el cual declare que las lesiones fueron consecuencia del siniestro.
Es importante llevar las facturas de los gastos médicos y cualquier otra documentación que le sea solicitada por la aseguradora con la que la unidad tenga contratada esta póliza.
Tal reclamación es presentada en el Área de Administración de Riesgos y una vez que ésta se considere procedente, se remite a la aseguradora quien realizará el pago de la indemnización respectiva.