Una buena manera de hacer compras seguras es la exigencia de la póliza de garantía, documento que protege al consumidor ante cualquier defecto de fábrica de este tipo de artículos.
En palabras de Edgar Olvera, coordinador ejecutivo de la Subprocuraduría de Servicios de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) es importante que el cliente “exija que le entreguen la póliza y sobre todo que la lea”.
Agrega que “en ese papel se presenta lo que se garantiza y en la parte de abajo las excepciones, es decir, los límites”. El experto también recomienda, de darse el caso, “no esperar al término de la garantía para hacerla válida”.
Según explica Edgar Olvera “las garantías derivan de la obligación que tienen las partes en un contrato de responder por lo que ofrecen”. El Código Civil establece la obligación de quien compra y de quien vende.
“La ley civil dice que los vendedores responden por vicios ocultos de la cosa u objeto que tengan en venta”, detalla el experto. Los bienes muebles se garantizan en seis meses, mientras que los inmuebles hasta un año.
Cuantum Minoris: si el vicio del producto ya lo conocía el consumidor al momento de adquirirlo puede comprarlo a un precio inferior
En una póliza de garantía, los vendedores tienen la posibilidad de establecer los términos de sus responsabilidades. “Se comprometen a reparar los vicios en un plazo determinado o bien modificar piezas para que el producto quede en estado óptimo”.
Olvera explica que de alguna manera la garantía conviene también a los vendedores. “Al establecer términos, no se tocan las dos grandes consecuencias de la ley civil, es decir, la devolución o la reducción del precio”.
La garantía figura en la Ley de Protección al Consumidor, que en su artículo 77 dice:
“Todo bien o servicio que se ofrezca con garantía deberá sujetarse a lo dispuesto por esta ley y a lo pactado entre proveedores y consumidor. Para los efectos del párrafo anterior la garantía no podrá ser inferior a sesenta días contados a partir de la entrega del bien o la prestación total del servicio.”
No entres al club de los despistados
“Por lo regular, las personas ven el producto, revisan como funciona y también el precio, sin embargo, muy pocos revisan si incluye garantía”, señala Edgar Olvera.
“De hecho, las garantías se han convertido en un factor de competencia entre las empresas, ya que algunos pueden ofrecer mayor número de meses para garantizar el producto a comparación de sus competidores”.
La garantía –detalla el entrevistado- debe presentarse por escrito, con datos como la duración, el alcance, las condiciones y los mecanismos para hacerlas efectivas, como por ejemplo, el lugar donde se debe llevar el bien.
La ley establece que en toda garantía “el prestador no puede utilizar piezas de segunda mano (para reparar el producto) sino que deben ser originales o nuevas, salvo que el consumidor consienta otro tipo de piezas”.
Ahora bien, si mandaste reparar el producto, pero aún así no funciona, tienes derecho a exigir la reposición o devolución del producto, aún cuando ya haya concluido el plazo de garantía.
“Hay casos en donde el consumidor se da cuenta de la falla, pero su garantía vence al otro día (...) si le dan respuesta fuera de plazo, la garantía es válida, sólo hay que demostrar con un comprobante que la queja se presentó dentro del plazo”.
Es importante a que no esperes hasta el final de la garantía para hacer válida tu póliza. No por “flojera”, dejes de hacer válido tus derechos como consumidor.
Nunca falta...
Si has seguido las anteriores recomendaciones al pie de la letra, no tendrás problemas al momento de hacer válida tu garantía, pero.... ¿qué pasa si, por ejemplo, la tienda donde compraste está cerrada?
“El consumidor puede exigir la garantía al vendedor, fabricante o importador, aunque en las pólizas quien se responsabiliza es regularmente el fabricante y no los vendedores.”
Por ejemplo: “si compras en una tienda Elektra una televisión marca Sony y falla, quien te garantiza es Sony y debes acudir a su fábrica”.
Ahora bien ¿qué pasa si pierdes la póliza? Aunque no lo creas, sigues protegido.
“Con el ticket de compra, voucher o estado de cuenta, el consumidor puede acudir con el vendedor o fabricante para pedir la reposición de su póliza”.
Eso sí, Edgar Olvera advierte que procedería “un proceso de validación, donde el vendedor notifique que, en efecto, debe reponerle el documento al cliente”. También “con los números de serie del producto es posible verificar la autenticidad de la petición”.
Así que ya sabes, no hay pretexto para hacer válida tu póliza en caso de que el bien que adquiriste resulte averiado. Por desidia no dejes de ejercer tus derechos.