Los impuestos son pagos obligatorios que debemos hacer todas las personas al Estado, en la cantidad y forma que señalan las leyes.
¿Por qué pagarlos? Porque son uno de los medios principales por los que el gobierno obtiene ingresos, además de que gracias a ellos el país puede invertir en aspectos como la educación, salud, seguridad e infraestructura, entre otros.
Así lo explica el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que en voz de Patricia Delgado Medellín enumera una serie de cambios fiscales que entrarán en vigor a partir del 30 de octubre.
Tales modificaciones tienen que ver con la identificación del contribuyente, el alta y la baja en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) además de cambios en la presentación de avisos, cambio de domicilio y suspensión de actividades.
“En materia de inscripción podrás iniciar el trámite a través de la página del SAT y concluirlo en la administración local, o bien acudir a ella para realizar cambio de domicilio o reanudación de actividades”, explica la funcionaria.
“En algunos trámites se eliminan formatos en papel y algunos requisitos como son las copias fotostáticas de la documentación”, agrega.
Por otra parte, en materia de pagos, la declaración “se presentará por Internet en la cual se solicita la determinación del impuesto sobre la renta, propio e IVA”.
Referente a los beneficios de la medida, Delgado Medellín destaca que “se podrá realizar cualquier trámite desde su casa u oficina sin necesidad de acudir a la administración local”.
Respecto a los pagos “conocerá con oportunidad los pagos efectuados y los saldos a favor generados a través de un esquema denominado cuenta tributaria”.
Solución Integral
Todos estos cambios forman parte de la llamada Solución Integral que busca simplificar los procedimientos para facilitar el cumplimiento de la obligación. El servicio entrará en vigor de manera escalonada:
El 30 de octubre inicia el Servicio de Identificación del Contribuyente, cuyo fin es facilitar sus trámites en el RFC. También arranca Servicios al Contribuyente que permitirá una completa interacción entre la persona el SAT.
En diciembre comenzará la operación del Servicio de Declaraciones y Pagos, una nueva forma de presentar tu declaración. Los nuevos procedimientos para el pago de las contribuciones estarán disponibles a partir del primero de diciembre de 2006.
A partir de 2007 inicia la declaración informativa de proveedores del impuesto al valor agregado que será obligatoria para las operaciones que se realicen a partir de enero. Los contribuyentes obligados a presentar, por el ejercicio de 2006, la declaración informativa de clientes y proveedores, deberán hacerlo a más tardar el 15 de febrero.
El nuevo servicio para contribuyentes
A pregunta expresa sobre si será posible consultar el estatus fiscal de cualquier contribuyente para conocer sus obligaciones pendientes, Delgado Medellín responde: “Ese es el objetivo: que las personas verifiquen cuáles son sus pagos o saldos a favor que vayan generando”.
En cuanto a los contribuyentes que tal vez no estén familiarizados con Internet, la funcionaria sugiere “acudir a la administración local en donde se están programando cursos de capacitación para conocer la forma como deben cumplir por medio de la Solución Integral”.
En referencia al Servicio de Identificación del Contribuyente, el SAT enumera las siguientes ventajas:
Obtendrás inmediatamente tu Cédula de Identificación Fiscal después de concluir tu inscripción, sin requisitos adicionales Podrás imprimir, a través de Internet, una copia de su Cédula de Identificación Fiscal Ya no tendrás que llenar formatos fiscales en los Módulos de Asistencia Conocerás de manera sencilla tus obligaciones fiscales, las periodicidades y las fechas de vencimiento de éstas, a través de la Guía de Obligaciones que estará disponible en Internet Para inscribirte o actualizar tus obligaciones fiscales, no tendrás que llenar formatos; en vez de esto, sólo tendrás que contestar un cuestionario sobre las actividades que realizas
Podrás presentar tu solicitud de inscripción y avisos al RFC en cualquier Módulo de Asistencia del país Conocer tu situación fiscal a través de la red Tendrás más puntos de contacto con el SAT para el cumplimiento de sus obligaciones Se simplificarán los requisitos en la mayoría de los avisos Recibirás respuesta inmediata sobre el trámite en el RFC que hayas presentado por Internet Podrás reimprimir, a través de la red, cualquier documento que se haya generado por tu trámite
El SAT precisa que deberán usar este servicio aquellos que tengan la obligación de inscribirse y presentar avisos al RFC, ya sea por tener obligaciones fiscales periódicas o porque derivado de la naturaleza de sus ingresos estén obligados a ello de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación.
También harán uso del servicio los contribuyentes que, sin estar obligados a inscribirse, deseen obtener su clave del RFC que les proporciona el SAT.
Respecto a los trámites que podrás efectuar en el Servicio de Identificación del Contribuyentes el SAT enlista:
Solicitud de Inscripción de Personas Físicas al Padrón del RFC Solicitud de Inscripción de Personas Morales al Padrón del RFC Solicitud de RFC de contribuyentes sin actividad económica
EL SAT agrega que de igual forma podrás presentar los siguientes avisos al Registro Federal de Contribuyentes:
Disminución de obligaciones Apertura de establecimiento o sucursal Cierre de establecimiento o sucursal Suspensión de actividades Reanudación de actividades Cambio de denominación o razón social Cambio de régimen de capital Corrección o cambio de nombre
Cancelación por fusión de sociedades Apertura de sucesión Inicio de liquidación Cambio de domicilio fiscal Cancelación por cesación total de operaciones Cancelación por defunción Cancelación por liquidación de la sucesión Cancelación por liquidación total del activo
Delgado Medellín invita además a los lectores de ELUNIVERSAL.com.mx a conocer a detalle el programa al visitar la página electrónica del SAT: www.sat.gob.mx.
Comentarios y propuestas a: ana.rosas@eluniversal.com.mx
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